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  • EDICIÓN DE 02/03/2005
 
 

DEROGACIÓN DEL APARTADO A DEL ANEXO III DE LA ORDEN DE 15 DE ENERO DE 1992

02/03/2005
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Orden de 16 de febrero de 2005, por la que se deroga el apartado A del Anexo III de la Orden de 15 de enero de 1992, de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, por la que se establecen los precios que han de regir en las instalaciones deportivas fijas y móviles dependientes de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente y de las jornadas y publicaciones realizadas por la Universidad Internacional del Deporte (BOJA 1 de marzo de 2005). Texto completo.

ORDEN DE 16 DE FEBRERO DE 2005, POR LA QUE SE DEROGA EL APARTADO A DEL ANEXO III DE LA ORDEN DE 15 DE ENERO DE 1992, DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA Y MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS PRECIOS QUE HAN DE REGIR EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS FIJAS Y MÓVILES DEPENDIENTES DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA Y MEDIO AMBIENTE Y DE LAS JORNADAS Y PUBLICACIONES REALIZADAS POR LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DEL DEPORTE.

La Orden de 15 de enero de 1992 de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente estableció los precios que han de regir en las instalaciones deportivas dependientes de la entonces denominada Consejería de Cultura y Medio Ambiente, así como para la venta de publicaciones y asistencia a cursos y jornadas realizadas por la Universidad Internacional del Deporte (UNISPORT), institución que pasó a denominarse Instituto Andaluz del Deporte en virtud del artículo 2.2.c) del Decreto 259/1994, de 13 de septiembre, por el que se estableció la estructura orgánica básica de la Consejería de Cultura.

En el Anexo III, letra A, de la citada Orden se fijaban los diferentes precios públicos por participación en jornadas, cursos o mesas de trabajo realizadas por la Universidad Internacional del Deporte, hoy Instituto Andaluz del Deporte, precios que oscilaban entre las cuatro mil y las veinte mil pesetas en base al grupo de pertenencia de los cuatro existentes.

Teniendo en cuenta que los mencionados precios públicos vigentes hasta la fecha no han sufrido incremento alguno, que resultan hoy en día testimoniales y que la oferta de actividades formativas de carácter gratuito en materia deportiva ha proliferado en los últimos años tanto por parte de las distintas administraciones públicas como por las federaciones, asociaciones, entidades privadas y clubes, parece necesaria una revisión de la disposición reguladora suprimiendo los precios públicos relativos a la participación en jornadas, cursos o mesas de trabajo realizadas por el Instituto Andaluz del Deporte.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración, DISPONGO Artículo único. Derogación.

Queda derogado el apartado A del Anexo III de la Orden de 15 de enero de 1992 de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, por la que se establecen los precios que han de regir en las instalaciones deportivas fijas y móviles dependientes de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente y de las jornadas y publicaciones realizadas por la Universidad Internacional del Deporte, hoy Instituto Andaluz del Deporte.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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