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XIII PREMIOS DE ARQUITECTURA

28/02/2005
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Orden de 21 de febrero de 2005, de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes por la que se convocan los “XIII Premios de Arquitectura de la Región de Murcia” (BORM de 28 de febrero de 2005). Texto completo.

ORDEN DE 21 DE FEBRERO DE 2005, DE LA CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS, VIVIENDA Y TRANSPORTES POR LA QUE SE CONVOCAN LOS “XIII PREMIOS DE ARQUITECTURA DE LA REGIÓN DE MURCIA”.

El hecho de alcanzar la decimotercera edición de los Premios de Arquitectura de la Región de Murcia viene a poner de manifiesto el hondo calado que ha significado su aceptación en el ámbito profesional de forma específica, y en el resto de la sociedad murciana de forma general.

Pero no es sólo la importancia que pueda representar que unos Premios se encuentren apoyados por la tradición que su historia implica, por el contrario, su alcance va mucho más allá, por cuanto ponen de manifiesto el reconocimiento de la obra bien hecha. Los Premios, han servido de estímulo al conjunto de los profesionales de la Región a un esfuerzo en la búsqueda de la calidad de la obra arquitectónica. Y ello ha venido a redundar en la mejora de nivel de vida de los usuarios de nuestros espacios públicos y privados.

A través de los Premios se vienen distinguiendo y significando aquellas iniciativas y actuaciones que por sus cualidades suponen una interesante aportación al campo de la arquitectura, contribuyen a mejorar los espacios que conforman nuestro hábitat, e inciden favorablemente en el ámbito cultural y social de la Región de Murcia.

En su virtud, y conforme a las facultades que me atribuye el artículo 16 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia Dispongo Artículo primero.

Se convocan los “XIII Premios de Arquitectura de la Región de Murcia”, y se aprueban las bases que han de regir en los mismos y que figuran en el Anexo I de la presente Orden.

Artículo segundo.

Los gastos derivados de la celebración de la presente edición de los Premios de Arquitectura de la Región de Murcia, se imputarán al Capítulo II del Presupuesto de gasto, para el ejercicio 2005, de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo.

Disposición final.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”.

Murcia a 21 de febrero de 2005.— El Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Transportes, Joaquín Bascuñana García.

Anexo I Bases Base 1.ª Convocatoria.

Podrán concursar a estos premios las obras o trabajos emplazados en la Región de Murcia que hayan sido finalizados entre los días 1 de enero de 2003 y 31 de diciembre de 2004 y que no hayan sido presentados a convocatorias anteriores de estos Premios Regionales.

Base 2.ª Clasificación.

Los apartados a los que se podrán presentar las obras o trabajos serán los siguientes:

A) Edificación.

B) Actuaciones urbanas.

C) Diseño.

A) Edificación.

Podrán presentarse a este apartado obras de arquitectura de nueva construcción, ampliación, rehabilitación o restauración.

B) Actuaciones urbanas.

Podrán presentarse a este apartado actuaciones en el campo del diseño urbano y la adecuación de espacios públicos.

C) Diseño.

Pueden incluirse en este apartado actuaciones de interiorismo y arquitectura efímera. Asimismo podrán admitirse aquellas otras realizaciones que puedan constituir aportaciones de interés en el ámbito de la configuración y uso de los espacios.

Base 3.ª Premios.

3.1. Premio Regional de Arquitectura. El jurado podrá otorgar el Premio Regional de Arquitectura -XIII Edición, entre las obras presentadas al apartado de Edificación.

3.2. Premios y menciones. El jurado otorgará premios o menciones a los trabajos presentados que considere que sean merecedores de distinción.

Podrán otorgarse hasta un máximo de cinco premios a aquellas obras o trabajos que por sus propios valores y su adecuada realización constituyan una destacable aportación cultural o social a la Región de Murcia.

De entre las actuaciones que no hayan obtenido premio, podrán destacarse con mención aquellas que, por su acertada concepción o ejecución, su carácter innovador, o cualquier otra razón apreciada por el jurado, supongan aportaciones merecedoras de un reconocimiento especifico.

Asimismo, podrán reconocerse con premios o menciones las actuaciones que destaquen por su adecuación a las condiciones climáticas del lugar, el respeto y la consideración al medio ambiente y la utilización de materiales de bajo coste energético y contaminante.

El arquitecto o arquitectos que hayan obtenido Premio Regional, premio o mención recibirán un diploma acreditativo. Así mismo lo recibirán el aparejador o arquitecto técnico, promotor y constructor, en su caso.

La obra se distinguirá con un trofeo.

3.3. Premio a la labor profesional. Se podrá otorgar un Premio Especial a la meritoria labor personal o profesional a favor de la arquitectura y el urbanismo, a propuesta del Colegio Oficial de Arquitectos de Murcia.

Base 4.ª Inscripción.

La inscripción de un trabajo para poder concurrir a los presentes premios, se formalizará mediante escrito dirigido al Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Transportes, según modelo de instancia establecido en el Anexo II de la presente Orden.

El plazo de presentación de solicitudes de inscripción será un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. En caso de que el último día de plazo coincida en sábado o festivo se prorrogará hasta el siguiente día hábil. Una vez efectuada la inscripción deberá presentarse la documentación a que se refiere la Base 5ª en el plazo indicado en dicha Base 5.ª Las solicitudes de inscripción se presentarán en el Registro General de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes, o en cualquiera de los señalados en el articulo 38 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, la inscripción podrá realizarse por Internet, remitiendo el formulario que al efecto aparece en la página web de los Premios (http://www. carm. es/cpt/prau/), en cuyo caso, el solicitante recibirá correo electrónico con el acuse de haber formalizado correctamente la inscripción.

Base 5.ª Documentación.

El plazo de presentación de la documentación que a continuación se especifica será de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. En caso de que el último día de plazo coincida en sábado o festivo se prorrogará hasta el siguiente día hábil.

La documentación se presentará en un máximo de dos paneles rígidos y ligeros, formato DIN-A1 para los trabajos presentados a los apartados A y B y en un único panel para los trabajos referidos al apartado C.

En los paneles deberá quedar reflejada la actuación, con el siguiente contenido:

-Reportaje fotográfico de la actuación, tanto del exterior como interior del edificio, en su caso.

-Planos de plantas, alzados, secciones, o cualquier otro que se entienda necesario para la perfecta definición de la actuación. Se grafiará plano de situación o de relación con el entorno.

-Memoria explicativa y justificativa de la actuación.

Los trabajos relacionados con la arquitectura bioclimática incluirán una memoria específica, donde se justifiquen los parámetros, estrategias y soluciones adoptadas, pudiéndose acompañar de los gráficos y fotografías de detalles que se estime oportuno.

Asimismo, se deberá aportar un CD-ROM con los ficheros correspondientes a la información contenida en los paneles. Podrán utilizarse los formatos dwg, dxf, bmp, tif, jpg, gif, pdf, wmf, doc o txt, así como los que sean precisos para su posterior impresión. En el CD-ROM se deberá incluir plano de situación, en caso que sea necesario se referenciará la parcela a elementos significativos del entorno de forma que permita su fácil localización.

La documentación se presentará en la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes (Servicio de Arquitectura, Despacho nº 316).

La documentación presentada por los participantes quedará a disposición de la Organización de los Premios, que podrá utilizarla para su difusión.

Base 6.ª Composición del Jurado:

Presidente: Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Transportes, o persona en quien delegue.

Vocales:

-Ilmo. Sr. Director General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo o persona en quien delegue.

-Ilmo. Sr. Decano-Presidente del Colegio Oficial de Arquitectos de la Región de Murcia o persona en quien delegue.

-Un representante del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de la Región de Murcia.

-Un representante de la Federación Regional de Empresarios de la Construcción.

-Un Arquitecto en representación del Servicio de Arquitectura de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo.

-Un Arquitecto en representación del Colegio Oficial de Arquitectos de Murcia.

-Dos Arquitectos de reconocido prestigio designados, uno por la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo, y otro por el Colegio Oficial de Arquitectos de Murcia, que hayan destacado por su trayectoria profesional, por su labor como críticos de arquitectura o por haber sido distinguidos con algún galardón a nivel europeo en reconocimiento a su labor profesional.

Secretario:

-Actuará como Secretario, con voz y sin voto, un arquitecto funcionario de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo designado por el titular de la misma.

Base 7.ª Labores y facultades del Jurado.

En las dos semanas siguientes a la fecha límite de inscripción, el Presidente y el Secretario del Jurado levantarán Acta de los trabajos presentados.

Una vez organizada y clasificada la documentación presentada, el Presidente del Jurado podrá nombrar una Comisión de entre los miembros del Jurado. La Comisión tendrá como funciones el estudio de la documentación presentada, visitando las actuaciones que estime conveniente y realizar una valoración previa de los trabajos.

El jurado en pleno se reunirá para deliberar y levantar Acta con la relación de los galardonados con premio o mención, emitiendo breve memoria justificativa que resalte los valores que los hacen acreedores de los mismos.

El jurado actuará colegiadamente y decidirá el modo y método de selección que considere oportuno.

Aquellos aspectos que pudieran no estar previstos en las presentes Bases, podrán ser resueltos por el jurado, que estará facultado igualmente para resolver lo que estime procedente.

Base 8.ª Incompatibilidades.

Si entre los trabajos hubiese alguno que, por razón de diseño, propiedad o cualquier otra causa, tuviera alguna relación directa con un miembro determinado del jurado, éste se abstendría de participar en su posible selección.

Base 9.ª Difusión.

Una vez hecho público el fallo del jurado, la entrega de premios y menciones otorgadas, se hará en acto público.

A estos premios se les dará la correspondiente publicidad y podrán ser divulgados a través de las publicaciones, las exposiciones y conferencias que se estimen oportunas, pudiéndose utilizar para ello el material aportado.

Base 10.ª Aceptación de las Bases.

El hecho de presentarse a los “Premios de Arquitectura de la Región de Murcia”, implica, por parte de los participantes, el conocimiento y plena aceptación de las presentes Bases y de los compromisos que ellas conllevan.

ANEXO II

XIII PREMIOS DE ARQUITECTURA DATOS DEL SOLICITANTE:

NOMBRE Y APELLIDOS:

DOMICILIO (CALLE Y N.º):

LOCALIDAD: PROVINCIA:

TLF: FAX: CÓD. POSTAL:

E-MAIL:

DATOS DE LA ACTUACIÓN:

ACTUACIÓN:

UBICACIÓN (CALLE Y N.º):

LOCALIDAD /PEDANÍA:

MUNICIPIO:

APARTADO AL QUE CONCURRE:

A) EDIFICACIÓN B) ACTUACIONES URBANAS C) DISEÑO AUTOR/ES:

CONTRATISTA:

PROMOTOR:

APAREJADOR /ARQUITECTO TÉCNICO:

COLABORADORES Y GRADO DE COLABORACIÓN:

NOTA: Estos datos deberán quedar claramente especificados pues en caso de que la actuación resulte premiada, serán los que figuren en la publicación correspondiente.

Murcia a......... de............................... de 2005

EXCMO. SR. CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS, VIVIENDA Y TRANSPORTES.

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