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ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE NORMATIVA REGULADORA DE LA PRUEBA DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD PARA MAYORES DE 25 AÑOS

28/02/2005
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Resolución de 18 de enero de 2005, del Vicerrector de Ordenación Académica de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se procede a la publicación del acuerdo de modificación de normativa reguladora de la Prueba de Acceso a la Universidad para Mayores de 25 años en la UPV/EHU para adaptarla al RD 743/2003 de 20 de junio (BOPV de 28 de febrero de 2005). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 18 DE ENERO DE 2005, DEL VICERRECTOR DE ORDENACIÓN ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA, POR LA QUE SE PROCEDE A LA PUBLICACIÓN DEL ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE NORMATIVA REGULADORA DE LA PRUEBA DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD PARA MAYORES DE 25 AÑOS EN LA UPV/EHU PARA ADAPTARLA AL RD 743/2003 DE 20 DE JUNIO.

La normativa reguladora de las Pruebas de Acceso a la Universidad para Mayores de 25 años vigente en la actualidad en la UPV/EHU fue aprobada por la Junta de Gobierno de la UPV/EHU el 9 de junio de 1994 y por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte el 1 de septiembre de 1994, y publicada por Resolución de 19 de septiembre de la UPV/EHU en el BOPV 10-10-1994.

Con fecha 4 de julio de 2003 se publicó en el BOE el RD 743/2003 de 20 de junio por el que se regula la Prueba de Acceso a la Universidad para Mayores de 25 años.

La propuesta que se presenta ha sido debatida e informada favorablemente por la Subcomisión de Ordenación Académica en reunión celebrada el 28-10-2004.

Por ello, y con el fin de adaptar el formato de la prueba a dicho Real Decreto, el Consejo de Gobierno de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, aprobó el 25 de noviembre de 2004 la Normativa Reguladora de las Pruebas de Acceso a la Universidad para Mayores de 25 años.

RESUELVO:

Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco, la Normativa Reguladora de la Prueba de Acceso a la Universidad para Mayores de 25 años, en los términos recogidos en el suplemento adjunto.

ANEXO

PRUEBAS DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD PARA MAYORES DE 25 AÑOS

Estructura general de la prueba.

La prueba de acceso a la universidad se estructurará en una prueba común y una prueba específica.

Prueba común.

Tendrá como objetivo apreciar la madurez e idoneidad de los candidatos para seguir con éxito estudios universitarios, así como su capacidad de razonamiento y de expresión escrita. Comprenderá cuatro ejercicios referidos a los siguientes ámbitos:

a) Comentario de texto o desarrollo de un tema general de actualidad. La propuesta constará de dos partes en las que se medirá:

1.º Capacidad de análisis y síntesis del contenido del texto mediante la elaboración de un resumen y esquema del mismo.

2.º Comentario crítico sobre el contenido del texto.

b) Lengua castellana. Respuestas a cuestiones de lengua relacionadas con el texto en lengua castellana anteriormente propuesto.

c) Lengua extranjera a elegir entre inglés, francés, alemán, italiano o portugués.

d) Euskera (pueden solicitar exención por motivos justificados).

Prueba específica.

La prueba específica tiene por finalidad valorar las habilidades, capacidades y aptitudes de los candidatos para seguir y superar los estudios de la opción por ellos elegida. Esta parte constará de tres ejercicios. Entre ellos, necesariamente deberán incluirse las dos materias obligatorias vinculadas a cada opción y el tercero será elegido libremente de entre las asignaturas optativas.

La prueba específica se estructurará en cinco opciones:

A) Opción Científico-Tecnológica:

Obligatorias: Matemáticas y Física.

Optativas: Química, Estadística, Biología.

B) Opción Ciencias de la Salud:

Obligatorias: Química y Biología.

Optativas: Matemáticas, Estadística, Física.

C) Opción de Ciencias Sociales:

Obligatorias: Historia General y Matemáticas.

Optativas: Estadística, Historia de la Filosofía, Geografía.

D) Opción de Humanidades:

Obligatorias: Lengua y Literatura Española o Vasca e Historia de la Filosofía.

Optativas: Historia General, Historia del Arte, Geografía.

E) Opción de Artes:

Obligatorias: Historia del Arte y Dibujo Artístico.

Optativas: una a elegir entre cualquiera de las asignaturas de las otras opciones.

En función de la titulación universitaria que el candidato desee cursar, habrá de examinarse de las materias correspondientes a la opción elegida en el momento de su inscripción. La relación entre las titulaciones universitarias y las opciones son las mismas que las vinculadas al Bachillerato LOGSE.

Calificación Global y Puntuación de las Pruebas.

Cada una de las materias, será calificada de cero a diez puntos.

La calificación de la primera parte será la media aritmética de los cuatro ejercicios.

La calificación de la segunda parte se obtendrá sumando el 40% de las calificaciones obtenidas en cada una de las dos materias vinculadas a la opción y el 20% de la materia optativa.

La calificación global de la prueba será la media aritmética de las calificaciones obtenidas en las dos partes.

Para que el alumno sea declarado Apto deberá alcanzar una puntuación de cinco o superior en la calificación definitiva, no pudiéndose en ningún caso promediar cuando se obtenga una nota inferior a cuatro puntos en la prueba específica.

Reclamación.

En el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de las calificaciones, los alumnos podrán solicitar al Rector de la Universidad, mediante escrito razonado, la revisión de los ejercicios.

Los ejercicios podrán desarrollarse indistintamente en cualquiera de las dos lenguas cooficiales de la Comunidad Autónoma, castellano o euskara.

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