SENTENCIA DE 20 DE OCTUBRE DE 2004, DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO, POR LA QUE SE ANULAN LOS ARTÍCULOS 3.°4 EN RELACIÓN CON EL ANEXO III Y EL ARTÍCULO 5.1 A DEL REAL DECRETO 774/2002, DE 26 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA EL SISTEMA DE HABILITACIÓN NACIONAL PARA EL ACCESO A CUERPOS DE FUNCIONARIOS DOCENTES UNIVERSITARIOS Y EL RÉGIMEN DE LOS CONCURSOS DE ACCESO RESPECTIVOS
En el recurso contencioso-administrativo n° 93/2002, interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales, la Sala Tercera (Sección Sexta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 20 de octubre de 2004, que contiene el siguiente fallo:
FALLAMOS “Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo número 93/2002 interpuesto por el Procurador de los Tribunales Don Isacio Calleja García y del Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos industriales contra el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos: en especial, los artículos 3.º4 en relación con el anexo III y el artículo 5.1 A del Real Decreto, en relación con el anexo IV, que se anulan, sin costas.” Presidente: Excmo. Sr. D. Ramón Trillo Torres; Magistrados: Excmo. Sr. D. Juan José González Rivas; Excmo. Sr. D. Pablo Lucas Morillo de la Cueva; Excmo.
Sr. D. Enrique Cancer Lalanne; Excmo. Sr. D. Nicolás Maurandi Guillén.