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  • EDICIÓN DE 21/01/2005
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 6 DE NOVIEMBRE DE 2003

21/01/2005
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Orden EDU 3/2005, de 5 de enero, por la que se modifica la Orden de 6 de noviembre de 2003, por la que se crea la Comisión Permanente de los Comités de Directores de Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria y se regula el procedimiento para la elección de sus miembros (BOCA de 21 de enero de 2005). Texto completo.

ORDEN EDU 3/2005, DE 5 DE ENERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 6 DE NOVIEMBRE DE 2003, POR LA QUE SE CREA LA COMISIÓN PERMANENTE DE LOS COMITÉS DE DIRECTORES DE CENTROS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA ELECCIÓN DE SUS MIEMBROS

La experiencia del funcionamiento de la Comisión Permanente de Directores de Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria, los cambios realizados en la estructura de los Comités de Directores de los Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria y las modificaciones que se han producido en la estructura orgánica de la Consejería de Educación hacen aconsejable introducir algunas modificaciones en la composición de la referida Comisión.

En virtud de lo expuesto, y en uso de las competencias atribuidas por la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación de la Orden de 6 de noviembre de 2003.

Se modifica la Orden de 6 de noviembre de 2003, por la que se crea la Comisión Permanente el Comité de directores de Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria y se regula el procedimiento para la elección de sus miembros.

1. Se modifica el artículo 2: Composición de la Comisión Permanente.

–Donde dice:

La Comisión permanente de los Comités de Directores de los Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria de Cantabria estará integrada por lo siguientes miembros:

- El titular de la Consejería de Educación que actuará como presidente.

- El Secretario General de la Consejería de Educación.

- El director general de Personal y Centros Docentes.

- El director general de ordenación Académica e Innovación Educativa.

- El jefe de Servicio de Inspección de Educación.

- El jefe de Servicio de Recursos Humanos.

- El jefe de Servicio de Programas e Innovación Educativa.

- El jefe de Servicio de Centros.

- Nueve directores de Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria.

–Debe decir:

La Comisión Permanente de los Comités de Directores/as de los Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria de Cantabria estará integrada por lo siguientes miembros:

- La Titular de la Consejería de Educación que actuará como presidenta.

- Los Directores Generales que forman parte de la estructura orgánica de la Administración educativa.

- Los Jefes/as de Servicio y/o Unidad cuyas funciones tengan relación con los temas a tratar en el orden del día.

- Nueve Directores/as de Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOC.

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