Se habilita así un instrumento que tiene por objeto contribuir a la ejecución de programas y proyectos de carácter cultural, educativo y de integración social de las confesiones no católicas con Acuerdo de cooperación con el Estado español o que hayan obtenido la correspondiente declaración de notorio arraigo en nuestro país, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de libertad religiosa. Se cumple, así, lo dispuesto en la Constitución que, tras declarar la aconfesionalidad del Estado, en su artículo 16.3 mandata a cooperar con las confesiones religiosas.
La Fundación, que tendrá su sede en la Dirección General de Asuntos Religiosos, será gobernada por un Patronato presidido por el Ministro de Justicia. Formarán parte del mismo, además, doce patronos natos, representantes de diferentes departamentos ministeriales, así como otros nueve vocales, de carácter electivo, nombrados en atención a su prestigio, experiencia o contribución a los fines de la Fundación, oídas las confesiones religiosas. La Fundación desarrollará sus actividades con objetividad e independencia y con arreglo a los principios de imparcialidad, no discriminación y proporcionalidad.
Los fondos con que contará este nuevo organismo se destinarán a actividades no directamente relacionadas con el culto, como la integración cultural, el estudio de las religiones, labores de apoyo a las familias, mujeres y jóvenes, colaboración con ONGs vinculadas a las confesiones y otras análogas.
Ésta es la primera vez que en España se prevé una dotación presupuestaria directa del Estado para colaborar con las confesiones minoritarias. Esto se produce doce años después de la firma, en 1992, de los Acuerdos de cooperación con las confesiones evangélica, judía y musulmana, refrendados de forma mayoritaria por los grupos políticos representados en el Parlamento español. Se avanza, pues, en el camino de facilitar a todos el ejercicio efectivo de la libertad religiosa en plena congruencia con los valores constitucionales que sustentan la democracia.
La fórmula fundacional permite la colaboración del Estado, pero también pretende involucrar a la sociedad misma, cuyos agentes podrán hacer donativos, legados y patrocinio de programas concretos. De esta forma, podrá multiplicarse la dotación estatal y la eficacia de los programas de integración que se realicen.