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  • EDICIÓN DE 04/08/2003
 
 

PROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA LEY DE TÉCNICAS DE REPRODUCCIÓN ASISTIDA

04/08/2003
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El Consejo de Ministros ha aprobado, en su reunión del pasado viernes, la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley por el que se modifica Ley 35/1988, de 22 de noviembre, sobre técnicas de reproducción asistida humana y se ha solicitado la tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia, con el objetivo de resolver el problema de acumulación de embriones sobrantes de los procesos de fecundación in vitro en España.

La reforma introduce medidas para reducir el número de partos múltiples y sus riesgos asociados y prevé mecanismos para evitar la generación de nuevos embriones sobrantes

El Proyecto de Ley establece el procedimiento para determinar el destino de los embriones humanos que hayan sido crioconservados con anterioridad a la aprobación de la Ley, resolviendo la laguna legal existente en la Ley 35/1988, donde no se especificaba el destino de los embriones una vez transcurrido el periodo máximo de crioconservación de cinco años.

Así, el texto modifica el artículo 4 de la Ley 35/1988, de 22 de noviembre, sobre técnicas de reproducción asistida humana donde se establece que, como regla general, sólo se podrá transferir un máximo de tres embriones por ciclo, a la vez que se limita a este mismo número el máximo de ovocitos que puedan ser fecundados en dicho ciclo.

También, modifica el artículo 11, con el objeto de ampliar de cinco a veinte años el plazo máximo de crioconservación y para introducir nuevos requisitos para los casos excepcionales previstos en el artículo 4, en los que se produzca la crioconservación de embriones sobrantes.

Establece el Proyecto que antes de iniciar un tratamiento de reproducción asistida será necesario comprobar que la pareja, o la mujer en su caso, no tengan embriones crioconservados en algún centro nacional de reproducción asistida.

Además, determina que los centros de Fecundación in Vitro que procedan a la crioconservación de embriones humanos, deberán disponer de un seguro o instrumento equivalente, que respalde su capacidad para compensar a las parejas en el supuesto de que se produjera un accidente o siniestro que afecte a los embriones crioconservados.

El Proyecto de Ley contempla la creación, por parte del Ministerio de Sanidad y Consumo, de un Centro Nacional de Investigación Celular y Medicina Regenerativa. Este Centro se encargará de la aplicación del procedimiento de descongelación de los embriones cuyas estructuras biológicas vayan a ser utilizadas en el ámbito de la investigación biomédica y la medicina regenerativa.

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