El Proyecto de Ley Orgánica de Cooperación con la Corte Penal Internacional regula el papel que tienen que desempeñar las instancias judiciales, fiscales y el Gobierno en relación con la cooperación con la Corte.
Con ello, se da cumplimiento a los principios de complementariedad y cooperación con las jurisdicciones nacionales que prevé el Estatuto de la Corte, a fin de prestar un auxilio eficaz y ágil con los procedimientos que en ella se tramitan, evitándose los procedimientos paralelos.
Asimismo, el Proyecto regula las fórmulas de cooperación, tanto en la fase de prueba del procedimiento, como en el desarrollo del juicio, al igual que en la ejecución de las condenas, de manera que éstas puedan ser ejecutadas en España.
El texto presta especial atención a los mecanismos de cooperación de las autoridades españolas en la detención y puesta a disposición de la Corte Penal Internacional de las personas reclamadas, introduciendo un sistema inmediato de entrega similar al instaurado por la Euro-orden.
El Ministerio de Justicia se constituye como órgano de relación estable entre la Corte, los órganos judiciales y el Ministerio Fiscal. Asimismo, el Proyecto designa al Ministerio de Justicia como órgano consultivo de la misma.
El texto articula mecanismos por los que se activa la colaboración entre las distintas autoridades españolas para la obtención de pruebas y la ejecución de las condenas.