La Ley 9/2001, de 15 de octubre, creó la entidad pública “Bomberos del Principado de Asturias”, cuyo objetivo primordial es el de servir como instrumento de coordinación y ordenación de los servicios y actividades competencia de la Comunidad Autónoma en materia de extinción de incendios y de salvamentos.
En el artículo 18 de la citada norma legal se configura el Consejo del Fuego del Principado de Asturias como órgano consultivo, deliberante y de participación en materia de extinción de incendios y salvamentos.
En base a esta competencia normativa, el Decreto 4/2003 regula ahora la organización y funcionamiento del Consejo del Fuego del Principado de Asturias.
Entre las funciones que el Decreto autonómico atribuye al Consejo del Fuego destaca la de establecer criterios de coordinación, cooperación y asistencia entre distintos servicios de prevención y extinción de incendios.