En opinión de los notarios ambos Impuestos van en contra del principio constitucional de seguridad jurídica porque abusan de las presunciones de valor y en contra del principio de igualdad tributaria porque contienen exenciones discriminatorias.
Para el notariado, en las empresas familiares o en pequeñas empresas personales, la carga del Impuesto Sucesorio distorsiona el desarrollo natural de la Empresa al aumentar los costes de financiación.
Este hecho ha obligado al legislador a establecer exenciones para los herederos de dichas empresas, sin embargo, consideran los notarios que estas exenciones no cubren todos los supuestos de distorsión empresarial y en cambio permiten acogerse a ellas a personas que crean el supuesto de hecho para eludir el Impuesto Sucesorio.
También consideran que el Impuesto sobre el Patrimonio produce distorsiones económicas sobre empresas que tienen unificada en una sola cuenta el patrimonio personal y empresarial.
El notariado opina que estas empresas familiares, al estar gravadas anualmente por dicho Impuesto, ven discriminado su nivel de capitalización frente a las grandes compañías lo que conlleva una desviación de las reglas de competencia leal.
En general, creen que el Impuesto sobre el Patrimonio desincentiva el ahorro, no permite la compensación adecuada de las pérdidas, es confiscatorio si los bienes son improductivos y produce desigualdades al incidir más sobre unos activos que sobre otros.