Beneficiarios
Personas físicas, de nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea, que hayan finalizado sus estudios en el año 2021 o posterior y se encuentren en posesión del título de grado exigido para cada una de las becas o, en su caso, certificación supletoria del título, además de no encontrarse incursas en ninguna de las causas de inhabilitación previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni haber disfrutado de otras becas de formación en el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer y/o en el ámbito de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, y de sus Organismos públicos adscritos.
Las personas beneficiarias deberán encontrarse en situación de desempleo en el momento de su incorporación.
Objeto
Concesión de seis becas de formación en el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer para el período 2024-2025.
Bases reguladoras:
Orden SSI/2419/2013, de 16 de diciembre, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 24 de diciembre de 2013.
Importe
La cuantía total máxima para seis becas de formación en el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer para el período 2024-2025 será de 100.000 €.
A cada una de las becas le corresponderá una asignación de 1.250,00 € brutos mensuales y una única asignación de 600,00 € brutos anuales para gastos asociados a la beca, a la que podrán imputarse gastos derivados de la participación en actividades formativas.
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.