LEÓN, 25 (EUROPA PRESS)
El magistrado presidente, José Luis Chamorro, considera en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, que "no concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal", después de que el jurado popular declarara al acusado por mayoría como culpable de un delito de asesinato.
En la sentencia se recoge también la prohibición de aproximarse a la familia de la víctima a una distancia no inferior a 500 metros, la prohibición de comunicarse con ellos por cualquier medio durante veinte años, así como al pago de una indemnización de 89.005 euros a cada uno de los padres de MF, y de 32.120 euros al hermano del fallecido.
En la pena de 18 años de prisión se ha de restar el periodo que el ahora condenado ha pasado ya en prisión, después de que ingresara en el centro penitenciario tras su detención el 16 de mayo de 2021, a la mañana siguiente de que tuviera lugar una pelea entre varias personas, que se saldó con el apuñalamiento de MF por parte de JC, que empleó un cuchillo con una hoja de 16 centímetros.
Tras varios días de juicio, el jurado popular consideró probado que JC, que había confesado el crimen, fue el autor material de la agresión con arma blanca que produjo una herida "mortal de necesidad" a MF, que fue auxiliado por sus amigos y, posteriormente, trasladado el estado grave al Complejo Asistencial de León donde falleció en la misma noche de los hechos, la madrugada del 15 al 16 de mayo de 2021.
El jurado popular también consideró probado que JC, en contra de lo que alegó su defensa, se encontraba no tenía sus facultades psíquicas alteradas ni que el supuesto consumo de alcohol y drogas hubiera podido influir en el suceso.
También consideró probado que MF fue agredido mientras huía del lugar, además de que JC, junto con otros tres amigos, huyó del lugar del suceso en un vehículo hasta la localidad de Villasinta donde fue recogido por otro amigo, que le trasladó a su domicilio, hasta que a la mañana siguiente fue detenido por la Policía Nacional.
Contra la resolución cabe imponer recurso de apelación ante la sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) en un plazo de diez días.