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Juzgado de lo Penal 3 de Santander

Absueltos los seis acusados por el escrache al expresidente de Cantabria Ignacio Diego en la Universidad en 2014

25/05/2018
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La juez no ve delito de coacciones ni daños, y considera que la falta contra el orden público por los insultos está prescrita

SANTANDER, 24 (EUROPA PRESS)

El Juzgado de lo Penal 3 de Santander ha absuelto a los seis jóvenes acusados de participar en el 'escrache' en febrero de 2014 al entonces presidente de Cantabria, Ignacio Diego (PP), en un acto en la Universidad de Cantabria.

En una sentencia notificada este jueves, la magistrada Rosa María Gutiérrez considera que no se ha acreditado que cometieran un delito de coacciones, y tampoco el delito de daños en el vehículo del presidente que la Fiscalía --única parte que ha ejercido la acusación--, atribuía a uno de ellos.

Sí que constata en los insultos que tres de ellos profirieron contra el entonces presidente de Cantabria la existencia de una falta contra el orden público en la modalidad de falta de respeto y consideración a la autoridad. Sin embargo, la jueza no les condena al considerar que dicha falta ha quedado prescrita.

Los hechos ocurrieron el 17 de febrero de 2014, cuando Diego fue invitado por el Consejo de Estudiantes de la UC (CEUC) a participar en un acto público bajo el lema 'Tengo una pregunta para usted', en el que a estos jóvenes se les impidió acceder por parte de los servicios de seguridad.

Según el relato de hechos probados, los acusados acudieron a las puertas de la Universidad donde se había convocado un acto en el que iba a intervenir el jefe del ejecutivo regional. A su llegada, tres de ellos, "con claro menosprecio al principio de autoridad, profirieron reiterados insultos" contra su persona.

Tras la intervención del presidente, en la que los acusados no pudieron estar al habérseles negado el acceso, "para continuar las protestas" se dirigieron a la puerta por la que iba a salir el jefe del ejecutivo y donde le esperaban su vehículo oficial y otro de reacción policial.

Una vez allí, los acusados se colocaron delante de los vehículos portando una pancarta en defensa de la educación pública y coreando diferentes consignas. Entonces, "los agentes que escoltaban al presidente, dado el clima de hostilidad generado y temiendo por su seguridad, decidieron evacuarle en el vehículo de reacción policial".

A la salida de los integrantes del servicio de seguridad de la Universidad y de los escoltas "se produce un revuelo", en el que un menor que se encontraba protestando y uno de los enjuiciados son apartados "a empujones", "quedando contenidos y retenidos", por lo que "no ha quedado debidamente acreditado" que ese encartado propinara patadas al turismo de reacción policial, tal y como venía siendo acusado.

Por su parte, el resto de los enjuiciados comienza a desplazarse portando una pancarta delante del mismo vehículo. Entonces, uno de ellos es retirado, la pancarta que portaba se desploma sobre el capó y el vehículo inicia la marcha, cayendo entonces otro de los acusados sobre el citado capó.

Según continúa la sentencia, "los agentes que formaban el dispositivo de seguridad y que retiraron a los acusados llegaron a forcejear con alguno de ellos para apartarles, no resultando con lesión alguna y logrando que la evacuación del presidente se realizase en menos de un minuto".

NO LE IMPIDIERON EL PASO

Tras analizar los testimonios de los acusados y de los testigos de una y otra parte que comparecieron en el juicio, así como las distintas grabaciones aportadas, la magistrada concluye que los hechos acaecidos no constituyen delito.

"Pese a las patentes y evidentes discrepancias entre los testigos, a la vista de las grabaciones visualizadas solo puede entenderse que las diferentes e incluso contradictorias versiones del fugaz y efímero suceso a la salida responden realmente a la distinta percepción que cada uno de los afectados e implicados tuvieron de un mismo hecho", señala la jueza.

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