Diario del Derecho. Edición de 18/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 21/05/2018
 
 

La soledad del Supremo ante el golpe; por Carlos R. Fernández Liesa, catedrático de Derecho Internacional en la Universidad Carlos III

21/05/2018
Compartir: 

El día 21 de mayo de 2018 se ha publicado, en el diario El Mundo, un artículo de Carlos R. Fernández Liesa, en el cual el autor considera que el Supremo debería reflexionar sobre si interponer una cuestión prejudicial sobre la base del artículo 4.2 del TUE y el incumplimiento belga de su obligación de cooperar.

LA SOLEDAD DEL SUPREMO ANTE EL GOLPE

La Justicia belga no entrega a tres ex consejeros reclamados por el juez Llarena por defectos formales. Y ello a pesar de que ha habido un golpe de Estado, en sentido kelseniano, lo que se da cuando “nulifica y sustituye el orden jurídico en forma ilegítima; el cambio del viejo al nuevo orden se hace sin concordar con el principio de legalidad”. Para Llarena se ha producido un ataque al Estado constitucional sin parangón en las democracias de nuestro entorno. El TC indica que ha habido una total ajenidad con la Constitución, se rompen el principio de primacía, el principio de unidad y el principio de soberanía. En el pasado tuvimos otros golpes de Estado como el 18 de julio de 1936. La Guerra Civil se hubiese evitado si la comunidad internacional hubiera cooperado con la República. La pérfida Albión llevó a la política de la no intervención. Ante el golpista Franco se mantuvo la equidistancia con la República. La democracia española del 78 está sola ante los golpistas separatistas. Cualquier jurista sensato confiaría en la cooperación europea, no en la libre circulación de golpistas.

En el mundo conviven dictaduras y democracias, pero en el espacio europeo confiábamos en la democracia y el Estado de Derecho, como reconocen los artículos 3, 42 y 7 del Tratado de la Unión Europea (TUE). La Orden Europea de Detención (OED) se basa en el principio de reconocimiento mutuo, en el de doble incriminación y en el de territorialidad penal. ¿Qué ha sucedido en la Justicia belga? Nada, son prejuicios. No hay que echar la culpa al juez Pablo Llanera, que ha obrado con el poder de unos argumentos aplastantes y, por razón de ello, los jueces belgas finalmente no han podido entrar en los mismos y se han ido a un supuesto defecto técnico. Los prejuicios y los estereotipos sobre España han pesado más que el Derecho. El Supremo entiende que se han desconocido “el ordenamiento jurídico y el auto de procesamiento”.

El Supremo debería reflexionar sobre si interponer una cuestión prejudicial sobre la base del artículo 4.2 del TUE y el incumplimiento belga de su obligación de cooperar. Se está poniendo en entredicho el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia. España entrega cada año a más de 1.200 presuntos delincuentes. Si para este viaje europeo no sirven las alforjas de la OED, se podría volver a los principios clásicos del Derecho Internacional de la autotutela y la reciprocidad. El principio par in parem imperium non habet obliga a un Estado a respetar a los tribunales de otro Estado; el principio de cooperación, el de lealtad y el de reconocimiento mutuo obligan a entregarlos.

Este caso evidencia la voluntad de no cooperar. Esto puede llevar a un replanteamiento de las OED, sobre la base del principio de reciprocidad, el do ut des, lo que era antes impensable en la UE. El Ejecutivo de Rajoy podría estudiar si plantea una cuestión ante el Tribunal Internacional de Justicia de La Haya. El Supremo y otros tribunales también podrían rebelarse contra el sistema de la euroorden. La jurisprudencia de Alemania e Italia mantiene que no entra a conocer los actos de Derecho de la Unión Europea mientras mantenga un nivel de protección equiparable al nivel de protección constitucional. El Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional podrían mantener que se van a rebelar contra el sistema de la euroorden si este sistema no mantiene un nivel de protección comparable al de nuestro sistema constitucional.

Aunque estamos ante un desafío que constituye un desafuero, no somos bien entendidos en otros países. Los magistrados están como el llanero solitario, solos ante el peligro. Llegados a este punto, se confía más en la independencia judicial que en la competencia política, tal es el rompecabezas partitocrático y la falta de concordia y de consenso. Si no triunfa el Estado de Derecho, sucederá como con Franco, que los leales a la República fueron condenados por auxilio a la rebelión. Tal vez ahora no acabemos fusilados, como alguno de nuestros abuelos. No desde luego el de Puigdemont que, según la prensa, era un filofascista. Y de tal palo tal astilla, y tal dedazo, como el que ha designado a Quim Torra.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana