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  • EDICIÓN DE 15/03/2018
 
 

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 95-2018

15/03/2018
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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 95-2018, en relación con la disposición adicional 9.ª (actual disposición adicional 7.ª) del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, por posible vulneración del artículo 106.2 CE (BOE de 15 de marzo de 2018). Texto completo.

CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 95-2018, EN RELACIÓN CON LA DISPOSICIÓN ADICIONAL 9.ª (ACTUAL DISPOSICIÓN ADICIONAL 7.ª) DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 339/1990, DE 2 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO ARTICULADO DE LA LEY SOBRE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL, POR POSIBLE VULNERACIÓN DEL ARTÍCULO 106.2 CE.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 6 de marzo actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 95-2018, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Logroño, en el procedimiento abreviado número 46-2015, en relación con la disposición adicional 9.ª (actual disposición adicional 7.ª) del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial Vínculo a legislación, por posible vulneración del artículo 106.2 Vínculo a legislación CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) Vínculo a legislación LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 Vínculo a legislación LOTC, quienes sean parte en el procedimiento abreviado número 46-2015 podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

Madrid, 6 de marzo de 2018.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

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