PALMA DE MALLORCA, 5 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal ha tomado esta decisión al considerar que los hechos en que se funda la querella no constituyen delito. Además, el TSJIB ha accedido a una petición del Ministerio Fiscal para que se deduzca testimonio de la querella y se remita al Juzgado por si el abogado ha incurrido en un delito de calumnias.