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El TS desestima el recurso contra la sentencia que confirmó la máxima condecoración policial a María Santísima del Amor

23/02/2018
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Responde a Asociación Europea Laica que el debate está concluido y que no se revisan los documentos porque no son decisivos

MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por la Asociación Europea Laica contra la sentencia firme de la Audiencia Nacional que confirmó la Orden de 3 de febrero de 2014 del Ministerio del Interior por la que se concedió la Medalla de Oro al Mérito Policial, con carácter honorífico, a favor de Nuestra Señora María Santísima del Amor.

La asociación basó su recurso contra la máxima condecoración policial concedida en 2014 en el artículo 102.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que permite la revisión de una sentencia firme "si después de pronunciada se recobrasen documentos decisivos, no aportados por causa de fuerza mayor o por obra de la parte en cuyo favor se hubiere dictado".

Según expone la Sala de lo Contencioso-Administrativo en la resolución, uno de los documentos considerados como decisivo por Europa Laica es una sentencia de la Audiencia Nacional por la que se permitía al Sindicato Unificado de Policía el acceso a la información contenida en el historial profesional de las propuestas de ingreso en la Orden al Mérito Policial con distintivo roja del año 2015.

Con ello se podría conocer cuáles han sido los méritos acreditados por los condecorados respecto de la legislación que regula estos reconocimientos y, especialmente, de aquellos que han predominado sobre los de otros funcionarios a los que no les ha considerado merecedores de tan digna distinción. El otro documento aludido es la Resolución del Ministerio del Interior, de 11 de mayo de 2012, por la que se implementan los criterios y el procedimiento a seguir para las propuestas de ingreso en la Orden al Mérito Policial.

SE PRETENDE REINICIAR EL DEBATE

La Sala responde que ni la citada sentencia ni la Resolución del Ministerio del Interior "pueden ser admitidos ni considerados como documentos decisivos recobrados, por lo que no pueden conceptuarse como tales documentos a efectos de revisión" de una sentencia firme.

Además expone que la Asociación "pretende convertir el proceso de revisión en una nueva o tercera instancia, reiniciando el debate ya concluido mediante una sentencia firme en la cuestión relativa a la concesión de la Medalla de Oro al Mérito Policial por lo que no ha lugar a la revisión solicitada".

El Ministerio del Interior, dirigido en el momento de los hechos por Jorge Fernández Díaz, acordó conceder la máxima condecoración policial a la Cofradía de Culto y Procesión de Nuestro Padre Jesús 'El Rico y María Santísima del Amor' por valores como la dedicación, el desvelo, la solidaridad y el sacrificio, según expuso en la orden ministerial.

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