Diario del Derecho. Edición de 24/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 23/02/2018
 
 

Oficina de Seguimiento e Información del Gasto

23/02/2018
Compartir: 

Decreto 10/2018, de 16 de febrero, de supresión de la Oficina de Seguimiento e Información del Gasto, creada por el Decreto 80/2012, de 27 de diciembre, por el que se crea la Oficina de Supervisión Integral del Gasto del Sector Público Autonómico de Cantabria, modificado por el Decreto 2/2017, de 9 de febrero, y de modificación parcial de la Estructura Básica de la Consejería de Presidencia y Justicia (BOCA de 22 de febrero de 2018). Texto completo.

DECRETO 10/2018, DE 16 DE FEBRERO, DE SUPRESIÓN DE LA OFICINA DE SEGUIMIENTO E INFORMACIÓN DEL GASTO, CREADA POR EL DECRETO 80/2012, DE 27 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE CREA LA OFICINA DE SUPERVISIÓN INTEGRAL DEL GASTO DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO DE CANTABRIA, MODIFICADO POR EL DECRETO 2/2017, DE 9 DE FEBRERO, Y DE MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA ESTRUCTURA BÁSICA DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA.

El 21 de febrero de 2017 entró en vigor el Decreto 2/2017, de 9 de febrero, por el que se modifica el Decreto 80/2012, de 27 de diciembre Vínculo a legislación, por el que se crea la Oficina de Supervisión Integral del Gasto del Sector Público Autonómico de Cantabria, procediendo a cambiar el nombre de este órgano directivo pasando a denominarse Oficina de Seguimiento e Información del Gasto (OSIG), y al mismo tiempo, operando una evolución de su organización y funciones.

En la misma fecha, entró en vigor el Decreto de Presidencia 1/2017, de 10 de febrero, de modificación del Decreto de Presidencia 2/2014, de 28 de marzo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Oficina de Supervisión Integral del Gasto del Sector Público Autonómico de Cantabria, modificando su estructura para su adaptación a los cambios dispuestos en el referido Decreto 2/2017, de 9 de febrero.

El 10 de octubre de 2017 entró en vigor el Decreto 71/2017, de 28 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Presidencia y Justicia y se modifican parcialmente las Relaciones de Puestos de Trabajo de la Presidencia del Gobierno y de la Consejería de Presidencia y Justicia, y entre otros cambios, procedió a suprimir los cinco puestos de la extinta Unidad de Supervisión del Gasto de la OSIG.

En la actualidad, el Gobierno de Cantabria está concluyendo el Anteproyecto de Ley de Régimen Jurídico del Gobierno de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el propósito de iniciar próximamente la tramitación ante el Parlamento de Cantabria para su aprobación. En esta nueva norma, se contempla entre otras derogaciones la de vigente Ley 6/2002, de 10 de diciembre Vínculo a legislación, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Entre otras novedades, contempla la supresión de la referencia al tratamiento que se contenía en la regulación a la que esta Ley sustituye, y sus atribuciones con una referencia específica a la estructura de la Presidencia y el Gabinete del Presidente suprimiéndose la previsión que en la anterior Ley 6/2002, de 10 de diciembre Vínculo a legislación, introdujo la reforma operada en el artículo 15 por Ley 7/2012, de 18 de diciembre, para posibilitar que pudieran existir "órganos directivos con las funciones y competencias que se determinen en la estructura orgánica de la Presidencia". Es decir, la futura entrada en vigor de esta Ley provocaría la supresión de la Oficina de Seguimiento e Información del Gasto, si en ese momento existiese como órgano adscrito a la Presidencia del Gobierno de Cantabria, tal y como lo está en la actualidad.

La Oficina de Seguimiento e Información del Gasto, entre otras funciones, está dando adecuado soporte al Órgano Directivo responsable del Portal de Transparencia, en materia de actos de gestión administrativa con repercusión económica del artículo 8 Vínculo a legislación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, a través de su Sistema Informático de Gestión Integral del Gasto.

Teniendo en cuenta que debe continuar la ejecución de sus funciones, se hace necesario mantener la unidad que existe actualmente adscrita a este órgano directivo junto con sus puestos de trabajo, adscribiéndolos a la Consejería de Presidencia y Justicia con la finalidad de realizar posteriormente las correspondientes adaptaciones de las estructuras por parte de la Dirección General de Organización y Tecnología. Esta actuación de racionalización organizativa, produce una mejora de la eficiencia en el uso de los recursos públicos, con el consiguiente ahorro en el gasto presupuestario anual, fruto de la supresión de este órgano directivo y de la adscripción de su unidad y puestos a la Dirección General de Organización y Tecnología, con cuyas actuales competencias y funciones presenta altas sinergias.

El artículo 61 Vínculo a legislación de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria dispone que los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma se crean, modifican y suprimen por Decreto del Gobierno, con sujeción a criterios de racionalidad, austeridad y eficacia.

En su virtud, a iniciativa del Consejero de Presidencia y Justicia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 16 de febrero de 2018, DISPONGO

Artículo único.

Se suprime la Oficina de Seguimiento e Información del Gasto, creada por Decreto 80/2012, de 27 de diciembre Vínculo a legislación (BOC extraordinario n.º 55 de 31 de diciembre de 2012) modificado por el Decreto 11/2014, 13 febrero, (BOC Extraordinario n.º 4 de 14 febrero de 2014), y modificado por el Decreto 2/2017, de 9 de febrero, (BOC de 20 febrero de 2017), con rango de Dirección General.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera.

En tanto se procede a la adecuación de los correspondientes Decretos de Estructuras Orgánicas, y de Relaciones de Puestos de Trabajo si fuera necesario, afectados por el presente Decreto, se adscribe a la Dirección General de Organización y Tecnología la única unidad existente y todos los puestos de trabajo de la suprimida Oficina de Seguimiento e Información del Gasto para la realización de las funciones que el nuevo modelo organizativo requiera, y se asignan a la Dirección General de Organización y Tecnología todas las funciones y competencias de la Oficina de Seguimiento e Información del Gasto, establecidas en el Decreto 2/2017, de 9 de febrero, por el que se modifica el Decreto 80/2012, de 27 de diciembre Vínculo a legislación, por el que se crea la Oficina de Supervisión Integral del Gasto del Sector Público Autonómico de Cantabria.

Segunda.

En tanto se procede a la modificación de los procedimientos de gestión del gasto previstos en la Orden PRE/19/2014, de 23 de mayo, los órganos gestores y los organismos y entes del Sector Público Autonómico de Cantabria que a la fecha de publicación del presente Decreto se encontraban sujetos al trámite de remisión de información de la actuación generadora del gasto, deberán continuar usando, con carácter previo a la aprobación del gasto, los procedimientos en ella previstos, con la finalidad de obtener el correspondiente "Código" acreditativo del cumplimiento de la obligación de remitir la información, generar los preceptivos documentos contables y nutrir la base de datos informática que sirve de soporte para suministrar información, entre otros, al órgano directivo responsable del Portal de Transparencia en materia de actuaciones generadoras de gasto.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única.

Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan al presente Decreto.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.

Se procederá a la modificación parcial de la estructura orgánica, y las relaciones de puestos de trabajo si fuera necesario, para su adaptación a las disposiciones de este Decreto. En ningún caso la adscripción de puestos que se efectúa por el presente Decreto tiene por objeto la modificación por creación, alteración del contenido o supresión de dichos puestos.

Segunda.

Por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo se procederá a realizar cuantas actuaciones presupuestarias sean necesarias para la ejecución y desarrollo del presente Decreto.

Tercera.

Mediante Orden del Consejero de Presidencia y Justicia se adaptarán los procedimientos contenidos en la Orden PRE/19/2014, de 23 de mayo, de manera que permita a los órganos, organismos y entidades que conforman el Sector Público Autonómico de Cantabria facilitar a la Dirección General de Organización y Tecnología la información necesaria para el ejercicio de sus funciones, así como las herramientas informáticas a utilizar.

Cuarta. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana