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Centros públicos docentes no universitarios

22/02/2018
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Orden ECD/251/2018, de 12 de febrero, por la que se modifica la Orden ECD/1435/2017, de 12 de septiembre, por la que se establecieron los criterios para determinar los puestos y centros públicos docentes no universitarios susceptibles de ser catalogados como de especial dificultad en la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 21 de febrero de 2018). Texto completo.

ORDEN ECD/251/2018, DE 12 DE FEBRERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN ECD/1435/2017, DE 12 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECIERON LOS CRITERIOS PARA DETERMINAR LOS PUESTOS Y CENTROS PÚBLICOS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS SUSCEPTIBLES DE SER CATALOGADOS COMO DE ESPECIAL DIFICULTAD EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.

Con fecha 2 de octubre de 2017, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", la Orden ECD/1435/2017, de 12 de septiembre Vínculo a legislación, por la que se establecieron los criterios para determinar los puestos y centros públicos docentes no universitarios susceptibles de ser catalogados como de especial dificultad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

La disposición final única de la citada orden dispuso que su entrada en vigor sería al día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", es decir el día 3 de octubre de 2017, produciendo así los efectos a partir de dicha fecha.

Por otra parte, se observa que la valoración de los méritos en los concursos de traslados que se publican desde las diferentes administraciones educativas para el personal docente no universitario, se tiene en cuenta desde el inicio de cada curso escolar, es decir desde el 1 de septiembre.

En consecuencia, para el curso 2017/2018, la valoración como mérito por desarrollar su labor en puestos de trabajo catalogados de difícil desempeño, sólo puede tener efecto a partir del 3 de octubre de 2017, cuando para el resto de los cursos tendrá efectos desde el inicio de cada curso escolar, es decir, a partir del 1 de septiembre de cada año.

Este agravio comparativo también afectará a quienes desempeñando puestos de trabajo de especial dificultad en la Comunidad Autónoma de Aragón en el curso 2017/2018, participen en concurso de traslados de personal docente no universitario de ámbito estatal, pues únicamente tendrá efectos desde el 3 de octubre de 2017, frente a quienes participen desde otras Comunidades Autónomas cuyo cómputo será desde el 1 de septiembre del mismo año.

Por otra parte, y dado que la propuesta de orden regula una disposición de carácter organizativo de la propia Administración, no se considera necesario el trámite de audiencia e información pública, conforme lo dispuesto en el artículo 49.3 Vínculo a legislación de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente del Gobierno de Aragón.

En consecuencia, en el uso de las competencias conferidas por la Ley 2/2009, de 11 de mayo Vínculo a legislación, del Presidente y del Gobierno de Aragón, así como por el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre Vínculo a legislación, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden ECD/1435/2017, de 12 de septiembre Vínculo a legislación.

Se incluye la disposición transitoria segunda en la Orden ECD/1435/2017, de 12 de septiembre Vínculo a legislación, por la que se establecen los criterios para determinar los puestos y centros públicos docentes no universitarios susceptibles de ser catalogados como de especial dificultad en la Comunidad Autónoma de Aragón, quedando redactada de la siguiente manera:

"Disposición transitoria segunda. Reconocimiento como mérito del puesto efectivamente desempeñado en el curso escolar 2017/2018.

Al personal funcionario de carrera que a la entrada en vigor de la presente orden, estuviera ocupando de manera efectiva uno de los puestos catalogados como de especial dificultad para este curso académico, se le reconocerá como mérito el tiempo de permanencia en el mismo desde el 1 de septiembre de 2017".

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

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