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El Fiscal General del Estado defiende limitar la acusación popular a causas que afectan a consumidores y usuarios

16/02/2018
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El fiscal general del Estado, Julián Sánchez Melgar, ha defendido este jueves mantener la acusación popular en las causas cuyos perjudicados son asociaciones de consumidores y usuarios, mientras que apuesta en limitar su actuación para casos más concretos como los de corrupción.

MADRID, 15 (EUROPA PRESS)

Durante un desayuno informativo organizado por Europa Press, Sánchez Melgar ha recordado que la acción popular "nace para la persecución de aquellos delitos donde no hay exactamente un perjudicado claro" como puede ser la defensa de los intereses colectivos de los consumidores y usuarios.

En este sentido, se ha mostrado favorable a conservar la acusación popular porque "ahí tiene un espacio proclive para su actuación". Por el contrario, Sánchez Melgar ha aseverado que la retocaría "en aquello otros delitos con un sujeto pasivo muy claramente ofendido por el delito".

Estas manifestaciones se han producido en el contexto en el que el Tribunal Supremo revisará el próximo 21 de marzo de la sentencia contra el marido de la Infanta Cristina Iñaki Urdangarin por el caso Nóos. Una causa en la cual la acusación Manos Limpias consiguió sentar en el banquillo a la hermana del Rey Felipe VI, que finalmente fue absuelta.

Otro de los casos de relevancia son el de la destrucción de los ordenadores que utilizó el extesorero del PP Luis Bárcenas, en el que la propia formación política está acusada de un delito de daños informáticos por la acción que ejerce únicamente contra ella las acusaciones populares Adade, IU y Observatori Desc.

Sánchez Melgar ha sido preguntado sobre si los partidos políticos puede ejercer este tipo de acusación, como ocurre en los procedimientos judiciales relativos a tramas de corrupción como Gürtel, Lezo, Púnica u otras causas como en la que se investiga el proceso soberanista en Cataluña. "Está perfectamente legitimado" en aquellos procesos que tengan "intereses difusos colectivos", ha precisado.

Comentarios - 1 Escribir comentario

#1

El argumento del fiscal general del estado se cae por su propio peso. Cuando dice que "la acción popular nace para la persecución de aquellos delitos donde no hay exactamente un perjudicado claro" ¿no está bien calro que en los delitos de corrupción no hay un perjudicado claro sino uno difuso TODOS. Eso es exactmente lo mismo que ocurre con los delitos contra los consumidores.
Si lo que se quiere es la impnidad - dada la complicidad entre los partidos corruptos que no se denuncian para no ser denunciados - debería buscarse otro argumento que fuera menos evidentemente falaz.
La prohibición expresa del ejercicio de la acción popular a los partidos políticos, los sindicatos, ni cualquiera otra persona jurídica pública o privada (como asociaciones, fundaciones o corporaciones) para evitar su uso torticero es otra falacia; lo que hay que hacer es sancionar el uso torticero, si es que se daba.
La excepción de las víctimas del terrorismo es también falaz. Hay muertos por "terrorismo corrupto", los que por esa corrupción mueren antes de ser atendidos en la SS, o los que mueren por falta de atención a personas dependientes que son miles y iles cada año. ¿Por qué merecen menos proteccion que los que son víctimas de una asesinato en cuyo caso el Fiscal está obligado a ser la acusación, cosa que no ocurre con los asesinados subrepticiamente ¿un daño colateral? por corrupción.
Estamos asistiendo al desmantelamiento de la única opcion que permitía creer, aunque sólo un poco, que la soberanía reside en el pueblo español de donde emanan todos los poderes del Estado (art. 1.2CE78) aunque todos sabemos que no es cierto.

Escrito el 16/02/2018 9:47:53 por Alfonso J. Vázquez Responder Es ofensivo Me gusta (0)

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