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El Supremo ratifica la condena a 17 años de prisión para el policía que mató en 2014 al socio de su bar en Madrid

08/02/2018
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 17 años de prisión al policía nacional que mató en agosto de 2014 a su amigo cuando éste le comunicó que iba a dejar el bar que explotaban juntos en la calle Mota del Cuervo, de la capital madrileña.

MADRID, 7 Feb. (EUROPA PRESS) -

De esta forma, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), la Sala ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el recurrente contra la sentencia del TSJM, que rebajó en un año la pena de 18 años de prisión que le impuso un Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Madrid por un delito de asesinato.

En el único motivo de su recurso, este policía nacional sostenía que en atención a sus circunstancias personales debía imponérsele una condena de 15 años de prisión --la mínima prevista para el delito de asesinato-- debido al "arrepentimiento mostrado en distintas declaraciones, sus alteraciones psicológicas y mentales, la carencia de antecedentes penales, el desarrollo de los hechos surgidos tras una discusión que derivó en pelea y su adicción a la cocaína".

La sentencia explica que el TSJM tuvo en cuenta a la hora de fijar los 17 años de prisión los aspectos que favorecían y los que perjudicaban al acusado como culpable del delito de asesinato alevoso. Entre las primeras valoró, señala la Sala, que "no tenía antecedentes penales y que padece un trastorno mixto de la personalidad, además de su arrepentimiento"; dejando fuera la adicción a la cocaína.

"EL CONSUMO DE COCAÍNA NO ATENÚA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL"

Sobre esta última cuestión, la Sala comparte el argumento de la sentencia recurrida relativo a que el mero consumo "no atenúa la responsabilidad criminal, ni existe el menor indicio" en la causa de que se trate de una adicción crónica con impedimento o limitación grave de la capacidad de comprensión y del dominio sobre la propia voluntad.

Añade, además, que el Jurado declaró no probado que el día de los hechos el acusado actuase bajo la influencia del consumo de cocaína. Por ello, concluye que, descartada la influencia "por mínima que sea", de la ingesta de tóxicos en el desarrollo de los acontecimientos, "el mero hecho de que el acusado pueda ser consumidor de cocaína carece de efectos de cara a justificar una menor cantidad de pena".

La Sala alude a los aspectos que el TSJM valoró como perjudiciales para el acusado a la hora de fijar la pena: el motivo que le llevó a actuar de ese modo (las desavenencias económicas), que la víctima fuese su amigo, su condición de Policía "con una especial formación para prevenir y evitar el delito, y con unos medios a su alcance de los que se prevalió para lo contrario", además de la gravedad del hecho por el modo en que se perpetró y por el posterior comportamiento de su autor.

En definitiva, subraya la Sala, "la sentencia recurrida motivó suficientemente el ejercicio de la discrecionalidad que le incumbía sobre la materia al tribunal que la dictó, lo que permite descartar la arbitrariedad de su decisión y, con ella, la falta de proporcionalidad de la pena fijada".

DETENIDO EN SALAMANCA

Tras efectuar los disparos contra Iván M.L con su arma reglamentaria, el condenado, agente de la Policía Nacional de 26 años, huyó a Salamanca donde fue detenido dos días después de los hechos --16 de agosto de 2014-- en un colegio mayor.

El cadáver de Iván M.L, de 21 años, fue hallado a las 20 horas del 14 de agosto dentro del bar que regentaba, situado en la número 19 de la calle Mota del Cuervo. Los vecinos se extrañaron de que el establecimiento estuviera cerrado a esas horas y uno de ellos accedió al local, ya que el cerramiento estaba entreabierto.

En su interior, tendido en el suelo, se encontraba el joven, con dos heridas de bala en el abdomen. Los sanitarios del Samur-Protección Civil que llegaron al lugar de los hechos confirmaron la defunción y calcularon que podía llevar pocas horas muerto.

El Grupo VI de Homicidios de la Brigada Provincial de la Policía Judicial y la Policía Científica se hicieron cargo de las pesquisas, que desde el primer momento se centraron en el socio de la víctima, que es policía nacional. Por ello, los agentes fueron a su domicilio, situado también en el barrio, pero no estaba allí.

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