Diario del Derecho. Edición de 17/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 08/02/2018
 
 

Regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios

08/02/2018
Compartir: 

Orden DRS/127/2018, de 17 de enero, por la que se modifica la Orden DRS/9/2016, de 11 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020 (BOA de 7 de febrero de 2018). Texto completo.

ORDEN DRS/127/2018, DE 17 DE ENERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DRS/9/2016, DE 11 DE ENERO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES EN MATERIA DE REGÍMENES DE CALIDAD DE LOS PRODUCTOS AGRÍCOLAS Y ALIMENTICIOS, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL PARA ARAGÓN 2014-2020.

Al amparo de lo previsto en el Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020 aprobado por la Decisión de Ejecución C (2015) 3531 de la Comisión Europea, el 22 de enero de 2016 se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 14, la Orden DRS/9/2016, de 11 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020.

Mediante la Decisión de Ejecución C (2016) 6401 de la Comisión Europea, de 29 de septiembre de 2016, se aprueba la modificación del Programa de Desarrollo Rural de Aragón (España) a efectos de la concesión de ayudas del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) que afectaba, entre otras medidas, a las que promueven los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, por lo que fue necesario realizar las oportunas adaptaciones en la Orden DRS/9/2016, de 11 de enero, mediante la Orden DRS/56/2017, de 30 de enero, que la modifica.

Posteriormente, al no haber sido posible que la marca "C´alial" haya sido reconocida por parte de la Comisión Europea como distintivo de calidad diferenciada de los productos agrícolas y alimenticios, se ha hecho necesario instar una nueva modificación del PDR ante Comisión Europea para excluir la citada orden de la relación de normas que permiten dar cobertura para acceder a las subvenciones en materia de regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020.

Como consecuencia de todo ello se hace necesario adaptar el artículo 2.d), Vínculo a legislación excluyendo la Orden de 25 de julio de 2007, del Departamento de Agricultura y Alimentación, por la que se establece el sistema de gestión, uso y control de la marca "C'alial" en alimentos de calidad diferenciada, de la relación de normas que amparan los regímenes de calidad que permiten acceder a las ayudas.

La otra modificación que se realiza afecta a la consideración de agricultor activo, que al tratarse de un requisito de obligado cumplimiento para poder obtener la condición de beneficiario en los de la submedida M03.1 de "Apoyo a la nueva participación en regímenes de calidad" (artículo 6) se elimina de la relación de criterios de cuantificación que aparecen en el artículo 15 siguiendo así la nueva orientación del PDR y del documento de criterios de selección.

En su virtud, dispongo:

Único. Modificación de la Orden DRS/9/2016, de 11 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020.

Se modifica la citada Orden DRS/9/2016, de 11 de enero, en los siguientes términos:

Uno. El artículo 2.d) queda redactado de la siguiente forma:

"Régimen de calidad: régimen de calidad diferenciada reconocido conforme al Reglamento (CE) n.º 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios; al Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) número 922/72, (CEE) número 234/79, (CE) n.º 1037/2001 y (CE) n.º 1234/2007; al Reglamento (CE) n.º 834/2007 del Consejo de 28 de junio de 2007 sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) número 2092/91".

Dos. El apartado 2.a) del artículo 15 queda redactado en los siguientes términos:

"a) Para las solicitudes presentadas en materia de apoyo a la nueva participación en regímenes de calidad se cuantificarán atendiendo a los siguientes criterios:

- Si el solicitante es joven agricultor conforme a la definición de la Ley 19/1995, de 4 de julio Vínculo a legislación, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.

- Cuando el solicitante sea titular de explotación agraria prioritaria regulada en la Ley 19/1995, de 4 de julio Vínculo a legislación.

- En el caso de que la explotación agraria esté ubicada en zonas con limitaciones naturales (zonas de montaña y zonas distintas de las de montaña con limitaciones naturales significativas).

- Pertenencia del solicitante a una entidad asociativa agraria".

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana