Diario del Derecho. Edición de 16/06/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 23/01/2018
 
 

TS

El TS absuelve al ginecólogo Carlos Morín de ocho abortos ilegales pero mantiene 18 meses de prisión

23/01/2018
Compartir: 

La Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) ha rebajado la condena al ginecólogo Carlos Morín al absolverle de ocho de los 11 abortos ilegales por los que fue condenado por la Audiencia de Barcelona, aunque la pena seguirá siendo de 18 meses de cárcel, ha informado el alto tribunal en un comunicado.

BARCELONA, 22 (EUROPA PRESS)

Así, el Supremo ha condenado a 18 meses de prisión por tres delitos de aborto ilegal al doctor Carlos Morín Gamarra, propietario de dos clínicas ginecológicas de Barcelona, y al psiquiatra Pascual Javier Ramón Mora, como autor y cooperador necesario, respectivamente, según publica 'La Vanguardia'.

La Sala estima parcialmente el recurso de ambos y les absuelve de otros ocho delitos de aborto ilegal por los que habían sido condenados por la Audiencia de Barcelona en junio de 2016, al entender que no hay pruebas "suficientemente contundentes" de que las intervenciones de interrupción del embarazo se produjeron fuera de los supuestos permitidos por la ley.

Sin embargo, el tribunal puntualiza que la pena máxima seguirá siendo de 18 meses, ya que la sentencia de la Audiencia de Barcelona, pese a condenar a 11 penas de seis meses de prisión, especificó que, "en aplicación de la regla del artículo 76.1 del Código Penal, la pena no podía exceder del triple de la impuesta por el delito más grave, fijando en este caso la de 18 meses".

Asimismo, el Supremo rechaza el recurso de la Fiscalía, que pedía la condena por otros cinco casos de aborto que, según afirmaba, se habían practicado también sin el dictamen psiquiátrico de las pacientes, y por delito de falsedad en relación a otros tres casos, al entender que se realizaron en periodos de gestación superiores a la autorización concedida por la Administración a las clínicas del doctor Morín.

TRES CASOS

La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Ana Ferrer, confirma la existencia de delito en tres casos, al entender que hay prueba suficiente de la defectuosa o insuficiente elaboración del dictamen psiquiátrico, ya que las declaraciones de las testigos, que negaron haber sido examinadas por psiquiatras, resultan corroboradas por otras circunstancias.

En el primer caso, la paciente había sido diagnosticada de un trastorno adaptativo de personalidad que no se hizo constar en el informe psiquiátrico; mientras que en los otros dos se trataba de supuestos de malformación.

El alto tribunal cree que al no constar los datos en el dictamen médico psiquiátrico de Pascual Ramón Mora "permite inferir de una manera lógica y racional que, ciertamente, tal y como declararon las testigos, no fueron examinadas por ningún psiquiatra y que, por tanto, la elaboración del informe en cuestión o fue simulada o fue defectuosa".

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Condenan a 28 años de cárcel al hombre que asesinó a su pareja en Piedrabuena (Ciudad Real) tras años de maltrato
  2. Estudios y Comentarios: Agonizante europeísmo del Gobierno; por Araceli Mangas Martín, académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid
  3. Estudios y Comentarios: Nota breve sobre una ponencia de sentencia constitucional; por Ramón Trillo; Ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  4. Tribunal Supremo: Se examina por la Sala los requisitos que han de concurrir para apreciar la responsabilidad civil subsidiaria del titular de un establecimiento de ocio en el que se comete un delito
  5. Estudios y Comentarios: La urgente necesidad de reducir la complejidad del Derecho digital europeo; por Moisés Barrio Andrés, Letrado del Consejo de Estado
  6. Tribunal Supremo: Analiza la Sala los efectos de la prórroga ordinaria de un Convenio Colectivo con relación a la cláusula de revisión salarial contenida en el mismo
  7. Estudios y Comentarios: La ley electoral cumple 40 años; por Enrique Arnaldo Alcubilla, magistrado del Tribunal Constitucional
  8. Legislación: Tasas por tramitación de autorizaciones administrativas y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería
  9. Legislación: Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a entidades sin ánimo de lucro que fomenten la cultura emprendedora
  10. Actualidad: Almería lidera la mediación penal en Andalucía con más de 600 juicios evitados en un año

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana