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  • EDICIÓN DE 22/01/2018
 
 

Audiencia Provincial de Alicante

Condenado a seis meses un empresario del calzado por no tener dados de alta a sus trabajadores

22/01/2018
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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a un empresario del calzado de Elda a seis meses de cárcel y a una multa diaria de 10 euros durante seis meses, por dar de alta en la Seguridad Social a seis trabajadores un día después de que la Inspección de Trabajo le levantara acta de infracción por trabajar en situación irregular. Además, la Sala solicita en la sentencia que se tome declaración a los seis trabajadores por un posible delito de falso testimonio.

ALICANTE, 18 Ene. (EUROPA PRESS) -

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, considera al empresario responsable de un delito contra los derechos de los trabajadores y solicita que se deduzca testimonio a los seis empleados que se encontraban en la fábrica en el momento de la inspección por si hubieran incurrido en un delito de falso testimonio durante el juicio.

Según relata el escrito, el 29 de junio de 2015 una inspección de trabajo acudió a la empresa y comprobó que había seis personas trabajando en sus instalaciones sin alta previa en el Régimen General de la Seguridad Social, al tiempo que especifica que en el momento en que llegó la inspección "tres trabajadores más salieron corriendo sin lograr ser identificados".

Tras el levantamiento del acta de infracción, el empresario dio de alta a los seis trabajadores al día siguiente, el 30 de junio, con fecha de inicio del contrato el día 29, según indica la sentencia.

"PROCESO SELECTIVO"

Durante el juicio el empresario acusado negó los hechos y manifestó que la presencia de los trabajadores en las instalaciones de la fábrica "respondía a la necesidad de efectuar un proceso selectivo para configurar la plantilla de la empresa que permitiera iniciar el proceso productivo", según recoge el escrito de sentencia.

Por su parte, los trabajadores sostuvieron durante la vista la versión del empresario, testimonios que el tribunal considera no merecen "credibilidad alguna" puesto que "vienen a ser desvirtuados" por las manifestaciones de la inspectora de trabajo, quien comprobó que las instalaciones "estaban en pleno funcionamiento y que las personas identificadas estaban trabajando en sus respectivos puestos de trabajo".

Así mismo, el tribunal también tiene en cuenta el informe de la Administración de la Seguridad Social de Elda, que acreditó que la empresa dio de alta a los seis trabajadores con posterioridad a la visita de la inspección de Trabajo.

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