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El TS rebaja la pena a una enfermera que espió el historial clínico de su exyerno para proteger a sus nietos

19/01/2018
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Lo justifica en "los estímulos tan poderosos por los que actuaba" para saber si el padre de sus nietos era adicto

MADRID, 18 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rebajado hasta los dos años la pena de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Cáceres a una enfermera de un centro de salud de dicha ciudad que, obsesionada por la seguridad de sus nietos, accedió a los historiales clínicos de su exyerno y de la pareja de éste -ambos médicos anestesistas- para comprobar si tenían problemas con las drogas.

La sentencia del alto tribunal dada a conocer este jueves considera que "los estímulos tan poderosos por los que actuaba, no sólo contraían las normas socioculturales, sino que atienden a un bien normativo constitucionalizado como es el interés del menor, y además actúa ante la creencia de un peligro inminente y constante, creencia pues de una causa de justificación".

La sentencia que se le había impuesto inicialmente era de 3 años y 8 meses de prisión, 5 años de inhabilitación y multa de 2190 euros por dos delitos continuados de descubrimiento de secretos cometidos por funcionario público, con las atenuantes de obcecación y reparación del daño. Por el contrario, ha desestimado los recursos interpuestos por el matrimonio cuyos historiales consultó la enfermera sin permiso.

La sentencia recurrida consideró probado que la condenada, que era enfermera en el Centro de Salud "Manuel Encinas" de Cáceres, accedió en más de un centenar de ocasiones, desde 2011 y hasta 2015, al historial clínico del padre de sus nietos y de su esposa, que trabajaban como anestesistas en el Servicio Extremeño de Salud.

Él tenía problemas de adicciones por las que estuvo de baja y de las que tuvo que ser tratado por el Equipo de Salud Mental. Todo ello generó en la acusada una intensa preocupación por el bienestar de sus nietos cuando se encontraban en compañía de su padre, temiendo por la seguridad de éstos, llegando a convertirse en una verdadera obsesión, que le producía un importante estado de ansiedad, según los hechos probados.

Con el ánimo de tratar de proteger a los dos menores, accedió a los historiales clínicos de ambos facultativos, ya que la acusada sospechaba que la mujer también tenía adicciones, sin que haya quedado acreditado que hubiera trasladado dicha información a terceros.

La acusada depositó en el juzgado 1200 de los 1500 euros que le impuso la Audiencia Provincial de Cáceres en concepto de responsabilidad civil.

En su recurso, la enfermera condenada había pedido la rebaja de la pena en dos grados y no en uno como hizo la sentencia recurrida atendiendo al número y a la entidad de las atenuantes aplicadas.

El tribunal explica que la sentencia recurrida, aunque apreció las dos atenuantes, omitió en su motivación elementos que revelan una menor culpabilidad y una relevante menor antijuridicidad, por lo que accede a la petición de la defensa, fijando la nueva pena en la que había solicitado el Ministerio Fiscal en la instancia.

"ÁNIMO BAJO" Y ANSIEDAD DE LA ABUELA

La Sala afirma que las omisiones que tienen "más trascendencia" se produjeron en la relevancia e intensidad de la atenuante de obcecación, cuando la propia sentencia recurrida indica que la acusada presenta "un proceso adaptativo con ánimo bajo y ansiedad, secundario a problemas familiares, que requirió tratamiento con ansiolíticos y antidepresivos e incapacidad laboral, añadiendo que, desde entonces, el trastorno se ha agudizado en varias ocasiones, continuando en la actualidad con tratamiento farmacológico; de donde concluye que ciertamente, es difícil de comprender e interpretar la conducta realizada por la acusada.

El tribunal recuerda que la propia resolución recurrida es la que narra que la acusada actuaba movida por un estado obsesivo que ha terminado afectando a su conducta, desconectándola de los parámetros de la normalidad, funcionando como tal la creencia de la que las adicciones del padre de su nieto y las que también atribuía a su pareja, como explicó en el plenario, iban a suponer un peligro inminente y constante para sus nietos, temiendo por la seguridad de éstos ante comportamientos desajustados que pudieran protagonizar aquéllos.

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