Diario del Derecho. Edición de 04/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 02/01/2018
 
 

Gestión colectiva de contrataciones en origen

02/01/2018
Compartir: 

Orden ESS/1309/2017, de 28 de diciembre, por la que se prorroga la vigencia de la Orden ESS/1/2012, de 5 de enero, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012 (BOE de 30 de diciembre de 2017). Texto completo.

ORDEN ESS/1309/2017, DE 28 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA ORDEN ESS/1/2012, DE 5 DE ENERO, POR LA QUE SE REGULA LA GESTIÓN COLECTIVA DE CONTRATACIONES EN ORIGEN PARA 2012.

La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero Vínculo a legislación, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en su artículo 39, faculta al Ministerio de Empleo y Seguridad Social para aprobar, de acuerdo con la situación nacional de empleo, una previsión anual de las ocupaciones y, en su caso, de las cifras previstas de empleos que se puedan cubrir a través de la gestión colectiva de contrataciones en origen en un período determinado y a la que sólo tendrán acceso aquellos trabajadores extranjeros que no se hallen o residan en España.

Para el 2012, el 6 de enero de ese año, se publicó en el “Boletín Oficial del Estado” la Orden ESS/1/2012, de 5 de enero, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012. La orden que regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012 fue a su vez prorrogada para 2013 por la Orden ESS/2825/2012, de 27 de diciembre; para 2014 fue prorrogada por la Orden ESS/2445/2013, de 23 de diciembre; 2015 por la Orden ESS/2505/2014, de 29 de diciembre; 2016 por la Orden ESS/2811/2015, de 22 de diciembre y para 2017 por la Orden ESS/1975/2016, de 27 de diciembre.

El objeto del proyecto normativo es prorrogar durante 2018 la Orden ESS/1/2012, de 5 de enero, teniendo en cuenta la situación nacional de empleo mediante la información suministrada por el Servicio Público de Empleo Estatal y las respectivas propuestas de las comunidades autónomas, previa consulta de la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración.

El proyecto permite a los ciudadanos disponer de las ofertas de empleo de carácter temporal que van dirigidas a la contratación de trabajadores conforme a los principios de eficacia, eficiencia y transparencia que deben regir la actuación de la administración. Se refuerza el cumplimiento de estos principios que permite una mayor seguridad jurídica a todos los actores que intervienen. Teniendo en cuenta la situación nacional de empleo, esta orden respeta el principio de proporcionalidad y de necesidad. Es una herramienta útil que aporta de este modo seguridad jurídica conforme a los principios de igualdad de oportunidades, no discriminación y transparencia en la selección de los trabajadores.

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social estima procedente prorrogar la orden que regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012 limitándola a la contratación de trabajadores para campañas agrícolas de temporada y para los países con los que se haya firmado un acuerdo de regulación de flujos migratorios. El mantenimiento de la gestión con estos países para campañas agrícolas se debe a que se considera que es una buena práctica de migración circular y refuerza la cooperación con los países de origen resultando coherentes con la Cumbre de La Valeta sobre Migración de 2015 donde se fijó que era necesario fomentar canales regulares para la migración y la movilidad entre los países de Europa y África, canales que se están desarrollando en los últimos años.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Prórroga de la Orden ESS/1/2012, de 5 de enero, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012.

Se prorroga durante 2018 la vigencia de la Orden ESS/1/2012, de 5 de enero, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012, exclusivamente a los efectos de la contratación de trabajadores para campañas agrícolas de temporada y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 39.3 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Disposición final única. Vigencia.

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado” produciendo efectos desde el 1 de enero de 2018 y manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  2. Actualidad: El Supremo propone juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas
  3. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  4. Actualidad: El TSJA confirma la condena a dos mujeres que amenazaron a otra por su condición de inmigrante
  5. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación
  6. Revistas: Iustel presenta el número 17 de su Revista General de Insolvencias & Reestructuraciones / Journal of Insolvency & Restructuring (I&R)
  7. Actualidad: La Comisión Mixta entre Justicia y el TSJC analiza las primeras fases de la Ley de Eficiencia Judicial
  8. Actualidad: Da comienzo el juicio contra el Fiscal General del Estado
  9. Estudios y Comentarios: Un bochorno para la institución; por Cristina Dexeus, presidenta de la Asociación de Fiscales (AF)
  10. Legislación: Subvenciones para el sostenimiento económico y financiero de determinadas entidades sin ánimo de lucro para la prestación de servicios especializados a personas con discapacidad

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana