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Subvenciones del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales para el período 2017-2020

02/01/2018
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Orden de 26 de diciembre de 2017, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales para el período 2017-2020 (BOJA de 29 de diciembre de 2017). Texto completo.

ORDEN DE 26 DE DICIEMBRE DE 2017, POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL INSTITUTO ANDALUZ DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA EL PERÍODO 2017-2020.

El Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales tiene como fines generales fomentar la cultura preventiva en Andalucía, el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud laborales, así como la promoción y apoyo de la mejora de las mismas, con especial atención a las pequeñas y medianas empresas, a los trabajadores autónomos y a los sectores de mayor riesgo, de conformidad con el artículo 3 Vínculo a legislación de la Ley 10/2006, de 26 de diciembre, por la que se crea.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, General de Subvenciones (en adelante LGS), dispone en su artículo 8.1 que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán contar con un Plan Estratégico de Subvenciones, en el que se deberán concretar los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Por su parte el artículo 10.1 del Reglamento de la LGS, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio Vínculo a legislación, establece que los planes estratégicos de subvenciones, a que se hace referencia en el artículo 8 de la LGS, se configuran como un instrumento de planificación de las políticas públicas que tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

En este sentido, la presente Orden tiene por objeto proceder a la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales 2018-2020, instrumento a través del cual se dan a conocer, para los próximos tres años, los objetivos y efectos que se pretenden con la política de fomento de la Junta de Andalucía en materia de cultura preventiva y mejora de las condiciones de trabajo en seguridad y salud laborales, sus costes, fuentes de financiación y el método de evaluación y seguimiento.

Las líneas de subvenciones en el ámbito del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales podrán articularse conforme a cualesquiera de los tipos de subvenciones previstos en el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo Vínculo a legislación.

En el marco de sus competencias y de la normativa que le resulta de aplicación, ha sido elaborado el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales para el período 2018-2020, inspirándose en los principios de eficacia, eficiencia en la gestión de gasto público subvencional, supeditación al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, de coordinación entre las Administraciones Públicas y de evitación de efectos distorsionadores en el mercado.

El Plan conforme a lo previsto en el artículo 12 del Reglamento de la LGS contiene, tanto los objetivos estratégicos, que describen el efecto e impacto que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del Plan, como las líneas de subvenciones en las que se concreta, explicitando para cada una de ellas las áreas de competencia afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles para su realización y fuentes de financiación y el régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a las diferentes líneas de subvenciones, determinando para cada línea de subvención un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan.

En su virtud, previa aprobación por el Consejo General del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales y de conformidad con lo establecido en el artículo 46.4 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el artículo 26 Vínculo a legislación de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, conforme a lo establecido en el artículo 7 Vínculo a legislación de la Ley 10/2006, de 26 de diciembre, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales,

DISPONGO

Primero. Aprobación del Plan.

1. Se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales para el periodo 2017-2020, que figura como Anexo a la presente disposición.

2. El contenido del Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales 2017-2020 tiene carácter programático.

Segundo. Publicidad y Transparencia del Plan.

1. El texto íntegro del Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales para el periodo 2017-2020 estará disponible en el sitio web oficial del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales: http://www.juntadeandalucia.es/ceec/iaprl.

2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 Vínculo a legislación de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, el Plan Estratégico de Subvenciones, sus actualizaciones e informes de seguimiento serán objeto de publicación en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía (www.juntadeandalucia.es/transparencia).

Tercero. Efectos.

1. La presente Orden surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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