Diario del Derecho. Edición de 25/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 22/12/2017
 
 

Caso Emarsa

La Audiencia confirma dos años de cárcel para el 'cerebro' de Emarsa por la venta simulada de 10.000 taxis a Pakistán

22/12/2017
Compartir: 

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado la pena de dos años de prisión para el considerado 'cerebro' del caso Emarsa, el huido y localizado Jorge Ignacio Roca Samper, y dos empresarios más, José Luis Sena y Vicente Ros, por simular una operación comercial para la exportación de 10.000 taxis a Pakistán. Se produjo un fraude a Hacienda.

VALENCIA, 21 (EUROPA PRESS)

Así consta en la sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), en la que el tribunal confirma la prisión para estos tres acusados por un delito contra la hacienda pública en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil. Así mismo, se les impone una multa de 300.000 euros y, en materia de responsabilidad civil, que indemnicen conjunta y solidariamente a la Hacienda pública en 197.726,35 euros.

Se da la circunstancia de que tanto Roca como Vicente Ros acaban de ser juzgados en la pieza principal del caso Emarsa y esperan la sentencia del tribunal. Por su parte, José Luis Sena se quedó apartado de este procedimiento para ser juzgado en otro independiente --pendiente de señalarse-- tras causar baja médica su abogado del turno de oficio.

Los empresarios Sena y Ros recurrieron la sentencia del Juzgado de lo Penal, relativa a los taxis, y el tribunal les ha denegado ahora la razón. Aludieron, en primer lugar, a infracción del precepto constitucional después que no se admitiera una prueba que solicitaban y que consistía en obtener los movimientos bancarios de una tarjeta American Express de Roca durante los años 2008 y 2009.

Al respecto, el tribunal cree justificada la inadmisión al ver esta prueba "inútil". Recuerda que la sentencia reconoce como acreditado que, en algún momento, Roca estuvo tanto en Rumanía como en Pakistán. Pero advierte de que el hecho de que pudieran llegar a acreditarse estancias en hoteles, viajes y otro tipo de gastos relacionados con los mismos, "no implicaría que se tratara necesariamente de expensas relacionadas con la operación de venta de automóviles a Pakistán, desde el momento en que no hay rastro de que tales innumerables reuniones y gestiones de intermediación y otras en orden a lograr la carta de crédito, tuvieran lugar en realidad".

Por otro lado, los empresarios alegaron infracción de ley, pero el tribunal considera que no ha existido dilación indebida alguna que resulte imputable a la administración de justicia. Como último motivo, los condenados aludieron a error en la apreciación de la prueba, pero este extremo tampoco ha sido asumido por la Audiencia.

Según consta como probado en la sentencia, Roca Samper percibió 600.000 euros por unos trabajos de asesoramiento e intermediación que no llegó a realizar. A su vez, los empresarios se dedujeron ese gasto para aminorar su cuota a Hacienda, para lo que se sirvieron de una red formada por varias empresas interpuestas.

La empresa Notec contrató los servicios de Roca para una operación con Pakistán de compra-venta de 10.000 vehículos destinados a taxi. La operación sumaba unos 200 millones de euros, de los que Roca se iba a llevar una comisión de un 1% --dos millones-- por gestionar la carta de crédito. El contrato contemplaba que podía pedir un anticipo del 0,5% --un millón-- para gastos justificados verbalmente.

Al final, los trabajos no fructificaron y, pese a ello, Roca facturó y cobró de Notec casi 670.000 euros por gestiones que no llegó a justificar. La autoría corresponde a José Luis Sena, responsable de la operación de taxis en Pakistán, ya que fue quien trató personalmente con Roca, con el que estaba de acuerdo en urdir el plan descubierto, y en Vicente Ros, porque era quien se encargaba de la previsión de gastos, supervisaba contabilidad y pagaba y quien fue consciente desde el inicio del supuesto contrato.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana