Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 04/12/2017
 
 

Caso ERE

Núñez abre dos nuevas piezas separadas de los ERE por las ayudas a Bilore y Graficromo

04/12/2017
Compartir: 

María Núñez Bolaños, que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares tramitados por la Junta de Andalucía, ha abierto dos nuevas piezas separadas para investigar las ayudas concedidas a las empresas Bilore y Graficromo.

SEVILLA, 1 Dic. (EUROPA PRESS) -

En sendos autos dictados el pasado día 27 de noviembre, a los que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada pone de manifiesto que los hechos "presentan características que hacen presumir la posible existencia de una infracción penal".

Por este motivo, y "no estando determinadas la naturaleza y circunstancias de tales hechos ni las personas que en ellos han intervenido", la juez acuerda incoar diligencias previas y practicar aquellas diligencias "esenciales" para efectuar tal determinación.

En julio de 2015, cabe recordarlo, la instructora aceptó la petición realizada por la Fiscalía Anticorrupción y acordó dividir en tres grandes piezas separadas la causa, una petición a la que se opuso en reiteradas ocasiones la anterior titular del Juzgado, Mercedes Alaya.

Así, dividió la causa en tres piezas separadas, como son una relativa al procedimiento específico por el que se concedían las ayudas; otra pieza con las sobrecomisiones cobradas por las aseguradoras y los sindicatos en la tramitación de las ayudas, y un tercer bloque no inferior a 200 piezas, una por cada ayuda sociolaboral o directa a empresas.

Esta decisión fue avalada posteriormente por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla, que manifestó que la decisión de la juez de dividir la causa en piezas separadas está "amparada en copiosa jurisprudencia, especialmente del Tribunal Supremo", y "se sustenta en argumentos tan relevantes como la complejidad de la causa en cuanto a la complicación en su tramitación".

Así, aseveró que, de mantenerse la causa unida, ello conllevaría "el riesgo de excesivas dilaciones hasta sentenciar aquellas parcelas de hechos de menor complejidad en las que, incluso, puede haber sujetos pasivos que tengan su patrimonio intervenido por vía de la adopción de medidas cautelares, o como la pérdida o debilitamiento de la inmediación necesaria para el dictado de sentencia cuando las sesiones del juicio oral se prolongan indefinidamente en el tiempo, entre otras más".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El nuevo modelo de Registro Civil impulsado por Justicia alcanza ya al 50% de la población
  2. Actualidad: La AN condena al excomisario de Barajas a 5 años de cárcel por dar un trato VIP en el aeropuerto a cambio de regalos
  3. Estudios y Comentarios: Confederal y federal; por Francisco Sosa Wagner, catedrático universitario
  4. Tribunal Constitucional: El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad desestima el Recurso de Inconstitucionalidad del PP y confirma que el País Vasco y Navarra tienen competencia para gestionar el ingreso mínimo vital
  5. Estudios y Comentarios: Una casa sin cimientos; por Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, Académica de Número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España
  6. Actualidad: Félix Bolaños sitúa la digitalización en el centro de la modernización histórica de la Justicia
  7. Tribunal Supremo: En caso de tortura la acreditación de los hechos alegados debe valerse del criterio de la prueba más allá de toda duda razonable
  8. Libros: BLANCO LÓPEZ, M.ª Ángeles: Música y Derecho. La educación musical como medio de integración social y su evolución histórica hacia la configuración de un nuevo Derecho, Iustel, 334 Páginas
  9. Actualidad: El Supremo hace responsable a la banca de restituir anticipos con letras de cambio en la compra de viviendas
  10. Tribunal Supremo: La cesión del coche de empresa no está sujeta al IVA, aunque la empresa se haya deducido parte del Impuesto soportado por la adquisición del vehículo mediante renting

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana