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Modificación de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra

01/12/2017
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Ley Foral 14/2017, de 16 de noviembre, por la que se modifica la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra (BON de 30 de noviembre de 2017). Texto completo.

LEY FORAL 14/2017, DE 16 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY FORAL 6/1990, DE 2 DE JULIO, DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA.

PREÁMBULO

La presente ley foral modifica la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio Vínculo a legislación, de la Administración Local de Navarra, que requiere para su aprobación la mayoría absoluta de los miembros del Parlamento de Navarra, conforme a lo previsto en los artículos 20.2 Vínculo a legislación y 18.bis.2 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, y en el artículo 152 Vínculo a legislación del Reglamento del Parlamento de Navarra.

El artículo único añade un apartado 3 al artículo 203 Vínculo a legislación de la Ley Foral 6/1990, para establecer la aplicación a las entidades locales de Navarra de la normativa reguladora de los conciertos en los ámbitos de salud y servicios sociales.

Artículo único.-Modificación de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio Vínculo a legislación, de la Administración Local de Navarra.

Se añade un apartado 3 al artículo 203 Vínculo a legislación de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra:

“3. En los ámbitos de salud y servicios sociales la concertación de la prestación de servicios se realizará de conformidad con la normativa reguladora de este tipo de conciertos.”

Disposición final única.-Entrada en vigor.

Esta ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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