LEY FORAL 14/2017, DE 16 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY FORAL 6/1990, DE 2 DE JULIO, DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA.
PREÁMBULO
La presente ley foral modifica la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio , de la Administración Local de Navarra, que requiere para su aprobación la mayoría absoluta de los miembros del Parlamento de Navarra, conforme a lo previsto en los artículos 20.2
y 18.bis.2
de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, y en el artículo 152
del Reglamento del Parlamento de Navarra.
El artículo único añade un apartado 3 al artículo 203 de la Ley Foral 6/1990, para establecer la aplicación a las entidades locales de Navarra de la normativa reguladora de los conciertos en los ámbitos de salud y servicios sociales.
Artículo único.-Modificación de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio , de la Administración Local de Navarra.
Se añade un apartado 3 al artículo 203 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra:
“3. En los ámbitos de salud y servicios sociales la concertación de la prestación de servicios se realizará de conformidad con la normativa reguladora de este tipo de conciertos.”
Disposición final única.-Entrada en vigor.
Esta ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.