Diario del Derecho. Edición de 03/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 29/11/2017
 
 

Audiencia de Alicante

La Audiencia de Alicante rechaza el recurso de Castedo contra su procesamiento por el supuesto amaño del PGOU

29/11/2017
Compartir: 

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Alicante ha desestimado el recurso de súplica y nulidad presentado por la defensa de la exalcaldesa de Alicante, Sonia Castedo (PP), contra el auto dictado por esta misma sala que solicitó la apertura de juicio oral y confirmó el procesamiento de la ex primera edil junto con su antecesor, el también 'popular' Luís Díaz Alperi, y el empresario Enrique Ortiz, en la rama del caso Brugal que investiga el supuesto amaño del PGOU de la ciudad para beneficiar a las empresas del constructor.

ALICANTE, 28 Nov. (EUROPA PRESS) -

Los abogados de Sonia Castedo, José María Asencio y Juan José Martínez Albert, habían alegado que la apertura de juicio oral se basaba en la presencia de indicios "genéricos, entidades abstractas" sin existir indicios de ninguno de los delitos por los que se dictó el procesamiento y aducían además vulneraciones al principio a la defensa y a la seguridad jurídica, entre otras.

Pero la sala de la sección segunda de la Audiencia rechaza uno por uno los argumentos esgrimidos por los abogados de Castedo y determina que no se aprecia "vicio" en la resolución de la sala que generara indefensión, de modo que finalmente resuelve desestimar los incidentes de nulidad planteados por la defensa.

Por otra parte, en el mismo auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal desestima también el recurso presentado por el ministerio fiscal contra la exculpación del arquitecto municipal Jesús Quesada, que también se encontraba investigado en la causa hasta que el juzgado instructor decretó su exoneración.

En este caso, alude al Tribunal Supremo para subrayar que si está facultada para acordar el sobreseimiento respecto al arquitecto es porque puede analizar los fundamentos de la imputación y, entre ellos, la existencia de indicios de delito. Por ello, no aprecia motivos de nulidad al responder los pronunciamientos del auto que dictó a las facultades que les atribuye la ley.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana