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1-O

El instructor de la querella contra la Mesa del Parlament de Cataluña acuerda prisión eludible bajo fianza de 150.000 euros para Carme Forcadell

10/11/2017
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El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, instructor de la querella que la Fiscalía interpuso por los delitos de rebelión, sedición y malversación contra la presidenta y cinco exmiembros de la Mesa del Parlament de Cataluña, ha acordado este jueves la medida de prisión eludible bajo fianza de 150.000 euros para la presidenta de la Cámara autonómica, Carme Forcadell.

Poderjudicial.es 09.11.17

Respecto a los exmiembros de la Mesa Lluís Corominas, exvicepresidente primero del Parlament y expresidente del grupo parlamentario Junts pel Sí; Lluís Guinó, exvicepresidente primero del Parlament; Anna Simó, exsecretaria primera del Parlament; y Ramona Barrufet, exsecretaria cuarta del Parlament, el instructor ha acordado su libertad bajo fianza de 25.000 euros y les ha dado una semana de plazo para depositarla.

Una vez abonada, les impone la obligación de presentarse semanalmente ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña o el Juzgado de su conveniencia, la prohibición de abandonar el territorio nacional. Además, deberán entregar el pasaporte antes de las 14:00 horas de mañana viernes. Estas mismas medidas se impondrán a Forcadell cuando deposite la fianza que le ha sido exigida a ella.

Por último, el también querellado Joan Josep Nuet, exsecretario tercero del Parlament, ha quedado en libertad provisional.

En un segundo auto notificado este jueves, el magistrado ha denegado la medida cautelar interesada por la Fiscalía de fijar a los querellados una fianza civil de 6,2 millones de euros, sin perjuicio de que pueda acordarla en vista de los resultados que arroje la instrucción.

Por otra parte, Llarena ha reclamado al Tribunal Superior de Justicia catalán las diligencias previas 1/2016, seguidas contra los exmiembros de la Mesa del Parlament de Cataluña por delitos de desobediencia y prevaricación.

En una providencia, el instructor explica que ha accedido así a la petición que incluyó la Fiscalía en su escrito de querella del pasado 30 de octubre, donde solicitaba al Tribunal Supremo la acumulación a la causa que se instruye en el alto tribunal de dichas diligencias seguidas hasta ahora ante la Sala Civil y Penal del TSJ de Cataluña.

El juez Llarena indica que lo hace de conformidad al artículo 21 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Dicho artículo indica que cuando algún juez o tribunal estuviere entendiendo en un asunto cuyo conocimiento estuviere reservado al Tribunal Supremo, éste ordenará a aquél, de oficio o a instancia del fiscal o de parte, la remisión de la causa. Dicho artículo señala también que ningún tribunal puede promover causas de competencia contra el Supremo, y que contra la decisión del Tribunal Supremo no cabe recurso alguno.

AUTO

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