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Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación

10/11/2017
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Decreto 165/2017, de 31 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación (BOA de 8 de noviembre de 2017). Texto completo.

DECRETO 165/2017, DE 31 DE OCTUBRE, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE APRUEBA LA DIRECTRIZ ESPECIAL DE ORDENACIÓN TERRITORIAL DE POLÍTICA DEMOGRÁFICA Y CONTRA LA DESPOBLACIÓN.

El artículo 71.8 del Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a esta Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en ordenación del territorio, conforme a los principios de equilibrio territorial, demográfico, socioeconómico y ambiental.

La Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón aprobada mediante Decreto 202/2014, de 2 de diciembre Vínculo a legislación, del Gobierno de Aragón (en adelante EOTA), contempla la problemática demográfica y, en concreto, la despoblación que sufren amplias áreas de Aragón y recoge, entre otras, la siguiente estrategia:

Estrategia 10.3.E3. Plan Integral de Política Demográfica y contra la Despoblación.

El Gobierno de Aragón revisará y actualizará el Plan Integral de Política Demográfica, con especial atención a los problemas derivados del envejecimiento, la baja densidad y la dispersión en amplias zonas de la Comunidad Autónoma.

El punto de partida está constituido por los trabajos ya iniciados, sobre la revisión del Plan Integral Demográfico redactado y aprobado en los años 2000-2001. Ni este Plan ni el Plan a que se refiere la Estrategia 10.3.E3 se asimilan a ninguna figura de planeamiento territorial de las recogidas en la normativa de ordenación territorial. Por esta razón, el Gobierno de Aragón acordó el 22 de marzo de 2016 la equiparación de la revisión y actualización del Plan Integral Demográfico y contra la Despoblación que figura como estrategia 10.3.E3. en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón, a la figura de planeamiento territorial denominada Directriz Especial que se recoge en el artículo 21 del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón (en adelante TRLOTA) aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre Vínculo a legislación y su elaboración, encomendando esta tarea al Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda.

El contenido de la Directriz de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación responde a lo establecido en el artículo 22 del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón. No obstante debe señalarse que los epígrafes de carácter normativo son escasos y se han incluido en el Tomo II. También se han introducido un conjunto de medidas que concretan algunas de las estrategias en ella contenidas, aunque esta parte de la Directriz no sea exigible por el TRLOTA, quedando integrada por los siguientes documentos:

- Tomo I: Memoria.

- Tomo II: Estrategias, Medidas.

- Tomo III: Indicadores.

- Tomo IV: Documento resumen.

La elaboración de esta Directriz se ha ajustado a lo dispuesto en el artículo 23 del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón.

El Proyecto de Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación se sometió, con carácter previo a la tramitación prevista en la normativa de ordenación territorial, a un amplio proceso de participación ciudadana cuyo resultado se incorporó al documento expuesto al trámite de información pública y de audiencia dirigido a los ciudadanos a través de asociaciones y organizaciones cuyos fines guardan relación con el objeto de esta disposición. Tras finalizar el procedimiento de evaluación ambiental con la Declaración Ambiental Estratégica, el Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón emitió el informe favorable.

El proceso finaliza con la aprobación definitiva de la Directriz que corresponde al Gobierno de Aragón mediante decreto, a propuesta de la Comisión Delegada del Gobierno para la Política Territorial y su publicación, que comprenderá exclusivamente el documento resumen y los documentos exigidos en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre Vínculo a legislación, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón en cumplimiento de lo establecido en el artículo 23.7 del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón.

No obstante, en aras a posibilitar una mejor compresión de la Directriz, la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", se completará con el documento denominado Estrategias y Medidas (Tomo II).

En su virtud, a propuesta de la Comisión Delegada del Gobierno para la Política Territorial, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 31 de octubre de 2017, dispongo:

Apartado 1. Objeto del decreto.

Se aprueba la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación.

Apartado 2. Ámbito.

La Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación tiene como ámbito de aplicación la totalidad del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Apartado 3. Vigencia.

La Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación tendrá vigencia indefinida, sin perjuicio de la elaboración de informe de seguimiento, en el plazo de cuatro años o de su alteración conforme a lo establecido en el artículo 24 del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón.

Apartado 4. Efectos.

a) Las formulaciones de carácter estratégico contenidas en la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación tienen el valor de criterios determinantes del ejercicio de las potestades de todas las Administraciones Públicas, con las salvedades señaladas en el artículo 26 del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón.

b) Las medidas contempladas en esta Directriz serán concretadas en la elaboración del proyecto anual de presupuestos de la Comunidad Autónoma.

Apartado 5. Publicidad.

La Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación estará a disposición del público en la página web del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón.

Apartado 6. Menciones de Género.

Las menciones genéricas en masculino que aparecen en el presente decreto se entenderán en su caso, referidas también a su correspondiente femenino.

Anexos

Omitidos.

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