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1-O

La AN confirma su competencia para investigar por sedición los incidentes de Barcelona del 20 y 21 de septiembre

08/11/2017
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La Sala desestima el recurso de los líderes de ANC y Òmnium y recuerda que los hechos buscan atentar contra la forma de Gobierno

MADRID, 7 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la competencia de este órgano judicial para investigar por el delito de sedición los incidentes ocurridos el 20 y 21 de septiembre en Barcelona durante los registros ordenados contra miembros del Govern que preparaban el referéndum ilegal ya que se trata de hechos que buscaban atentar contra la actual forma de Gobierno y declarar la independencia de Cataluña.

El auto --que cuenta con un voto particular del magistrado José Ricardo de Prada-- recoge que la competencia corresponde a la Audiencia Nacional porque el delito de sedición en este caso concreto "se enmarca en un programa insurreccional para cambiar la organización del Estado", tal y como expuso la magistrada instructora de la causa, Carmen Lamela, cuando admitió a trámite la querella interpuesta por la Fiscalía.

Por lo tanto desestima los recursos interpuestos por los líderes de ANC y Òmnium Cultural, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, respectivamente, que alegaron que su participación en las movilizaciones no iba encaminada a "cambiar la forma de Gobierno" sino que se trataba de una "mera protesta ciudadana" como consecuencia de las detenciones y registros y por tanto la competencia sería de un juzgado de instrucción de Barcelona al tratarse de un posible delito de orden público.

La Sala responde que los acusados "pretenden hacer creer para minimizar las consecuencias de su comportamiento" que se trató de un hecho aislado; sin embargo el contenido de los mensajes transmitidos por los líderes soberanistas --en prisión incondicional desde el pasado 16 de octubre por estos hechos-- llamando a la "movilización permanente" y presentándose como interlocutores de los alzados frente a la comitiva judicial desmienten esta versión "rotundamente", alegan los magistrados.

"Pocas dudas podemos tener de que los hechos investigados no constituyen un hecho aislado, sino que responden a una estrategia diseñada por los máximos responsables institucionales del Gobierno y el Parlamento catalán, en connivencia con los dirigentes de los movimientos y colectivos de la sociedad civil como ANC y Òmnium para subvertir gravemente el orden constitucional", reza el auto sobre estos hechos por los que también están investigados el depuesto mayor de los Mossos d'Esquadra Josep Lluis Trapero y la intendente Teresa Laplana.

DELITOS CONTRA LA FORMA DE GOBIERNO

Los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal exponen que el término "delitos contra la forma de Gobierno" remite a las conductas que supongan una ofensa contra la forma de Gobierno "incluyendo aquellos actos dirigidos a declarar la independencia de una parte del territorio nacional o a proclamar la República catalana".

Y además recuerdan que cuando se crea la Audiencia Nacional en 1977, entre el catálogo de delitos que se le reconoce se encuentran aquellos que atentan contra los altos organismos de la nación y la forma de Gobierno.

Los magistrados también se remiten al auto del Tribunal Supremo del pasado 31 de octubre por el cual admite a trámite la querella de la Fiscalía contra los seis miembros de la Mesa del Parlament, entre ellos la presidenta Carme Forcadell, en la que no se descarta "la existencia de una actuación ejecutada fuera de España dirigida a hacer realidad el designio independentista".

CUENTAS BANCARIAS DE ANC Y ÒMNIUM

La Sala ha desestimado también en dos autos los recursos interpuestos por Cuixart (Òmnium) contra la decisión de la juez Lamela de reclamar determinada información financiera sobre las cuentas bancarias de las dos entidades soberanistas y de acceder a la base de la Agencia Tributaria para obtener datos relativos al ejercicio de 2016.

Los magistrados entienden que estas diligencias no causan indefensión y que el conocimiento de dichos datos puede contribuir a esclarecer los hechos investigados, los cuáles no se limitan exclusivamente a los días 20 y 21 de septiembre sino que se amplían a los días posteriores que precedieron la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre, según matizan.

Las defensas de Sànchez y Cuixart ya recurrieron a la propia magistrada este auto en que autorizó dichas diligencias, que fue desestimado. Ahora son los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal quien confirma lo acordado asegurando que se trata de una decisión "prudente" puesto que no es solo una medida cautelar sino una que se engloban en el marco de una investigación.

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