Diario del Derecho. Edición de 30/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 25/10/2017
 
 

TSJA

El TSJA avala que el profesorado de Religión realice solo tareas docentes relacionadas con su materia

25/10/2017
Compartir: 

La sala social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha desestimado el recurso interpuesto por el sindicato Unión Nacional de Trabajadores (UNT) contra la circular de inicio de curso 2017-2018 de la Consejería de Educación y Cultura, en la que se indicaba que el profesorado de Religión --tanto de Infantil y Primaria como de Secundaria-- no podrá impartir tareas docentes que no estén relacionadas con su materia lectiva.

OVIEDO, 24 Oct. (EUROPA PRESS) -

Según informa el Principado en nota de prensa, el TSJA señala que los contratos de trabajo para los profesores de Religión se celebran única y exclusivamente para impartir, durante el curso escolar, la enseñanza de religión católica y que en, consecuencia, la pretensión de completar el horario con la docencia en otras áreas del currículo no se puede atender. Por esta razón, "el tribunal considera que la circular no infringe la normativa laboral y rechaza también que vulnere el derecho fundamental a la igualdad, tal y como alegaba UNT", según el Gobierno asturiano.

El texto refleja que "la diferencia de trato entre los profesores de Religión y el resto reside en que los primeros están sometidos a un régimen y unas reglas de acceso a la docencia diferentes, ya que no sólo se valoran sus conocimientos, sino también otros extremos que, tal y como reconoce el TSJA, tienen un carácter subjetivo; por ejemplo, la declaración de idoneidad".

En este sentido, el Principado apunta que "la sentencia incide en que un profesor de Religión podrá sustituir a otro profesor de la misma materia en caso de ausencia, enfermedad, etcétera, pero no podrá impartir asignaturas como Matemáticas, Lengua Extranjera o Educación Física, para las que no tiene atribución".

"Lo mismo sucede con la docencia compartida o el apoyo a otro profesor, que solo podrá realizarse entre docentes de Religión, pues están contratados específica y exclusivamente para impartir esa materia", apunta el Ejecutivo.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana