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Red de reservas de la biosfera de Galicia

16/10/2017
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Decreto 95/2017, de 21 de septiembre, por el que se crea la Red de reservas de la biosfera de Galicia (DOG de 13 de octubre de 2017). Texto completo.

DECRETO 95/2017, DE 21 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE CREA LA RED DE RESERVAS DE LA BIOSFERA DE GALICIA.

El Programa sobre el hombre y la biosfera (en adelante, Programa MaB), es un programa intergubernamental de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (en adelante, Unesco), creado con el objetivo de establecer una base científica para mejorar la relación de las personas con su entorno.

Las reservas de la biosfera son territorios cuyo objetivo es armonizar la conservación de la diversidad biológica y cultural y el desarrollo económico y social a través de la relación de las personas con la naturaleza. Se establecen sobre zonas ecológicamente representativas o de valor único, en ambientes terrestres, costeros y marinos, en las que la integración de la población humana y sus actividades con la conservación son esenciales.

Las reservas de la biosfera son también lugares de experimentación y de estudio del desarrollo sostenible que deben cumplir tres funciones básicas:

a) Conservación de la biodiversidad y de los ecosistemas que contienen,

b) Desarrollo de las poblaciones locales, y

c) Una función logística de apoyo a la investigación, a la formación y a la comunicación.

El artículo 7 del Marco estatutario de la Red mundial de reservas de la biosfera (Resolución 28 C/2.4 de la Conferencia General de la Unesco, 1995) regula la participación en red. A su vez, el artículo 8 aborda las subredes regionales y temáticas, disponiendo que los Estados deben propiciar la constitución y el funcionamiento cooperativo de subredes regionales y/o temáticas de reservas de biosfera y fomentar, en el marco de estas subredes, el intercambio de información.

La Constitución española reconoce Vínculo a legislación en su artículo 45.1 que todos tienen el derecho de disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo, y su artículo 149.1.23 establece la competencia exclusiva del Estado en materia de legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades que tienen las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección.

Conforme con el artículo 27.30 del Estatuto de autonomía de Galicia, la Comunidad Autónoma gallega ostenta competencia exclusiva para el establecimiento de normas adicionales sobre protección del medio ambiente y del paisaje en los términos del artículo 149.1.23 Vínculo a legislación de la Constitución española.

La Ley 42/2007, de 13 de diciembre Vínculo a legislación, del patrimonio natural y de la biodiversidad, en su artículo 50, incluye, dentro de las áreas protegidas por instrumentos internacionales, las reservas de la biosfera declaradas por la Unesco, añadiendo que su régimen de protección será el establecido en los correspondientes convenios y acuerdos internacionales, sin perjuicio de la vigencia de regímenes de protección, ordenación y gestión específicas cuyo ámbito territorial coincida total o parcialmente con dichas áreas, siempre que se adecuen a lo previsto en dichos instrumentos internacionales.

De manera más específica, en el capítulo I del título IV de la ley (artículos 68 a 70) se regula la Red española de reservas de la biosfera, como un subconjunto definido y reconocible de la Red mundial de reservas de la biosfera, y se recogen, en el artículo 70, las características que han de tener las reservas de la biosfera para su integración y mantenimiento como tales. En 2017 son 48 las reservas de la biosfera en España, distribuidas en 15 de las 17 comunidades autónomas, siendo tres de ellas transfronterizas, de las cuales una es intercontinental.

Galicia contribuye a la Red española de reservas de la biosfera con seis reservas de la biosfera, de las que cuatro se encuentran íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia (Terras do Miño, Área de Allariz, Os Ancares Lucenses y Montes de Cervantes, Navia y Becerreá y Mariñas Coruñesas e Terras do Mandeo), otra comparte territorio con el Principado de Asturias (Río Eo, Oscos y Terras de Burón) y otra es de carácter transfronterizo con Portugal (Transfronteriza Gerês-Xurés).

Junto a la Red española de reservas de la biosfera, en el Plan de acción de Montseny 2009-2013 de la Red de reservas de biosfera española, siguiendo la línea del Plan de acción de Madrid para las reservas de biosfera 2008-2013, se recogía, como actuación concreta, la consistente en la promoción de redes autonómicas y áreas de encuentro que agrupen a las redes de biosfera para cuestiones claves, para la adopción de soluciones aplicables a los problemas comunes de estos territorios, lo que se articularía mediante la creación de redes autonómicas de reservas de biosfera o plataformas de encuentro para compartir experiencias entre redes de biosfera. En este sentido, puede citarse la creación, en el año 2010, de la Red canaria de reservas de la biosfera.

En el contexto actual, teniendo en cuenta la necesidad de dar cumplimiento a los objetivos del programa MaB así como el número e importancia de las reservas de la biosfera existentes en Galicia, hace falta configurar una red que cohesione y refuerce los vínculos existentes entre las distintas reservas de nuestra comunidad autónoma, tanto las actualmente declaradas, como aquellas que puedan ser declaradas en el futuro.

El presente decreto tiene así por objeto a creación de la Red de reservas de la biosfera de Galicia, en aras de facilitar la consecución de los fines de estas reservas, por considerar que para el logro de sus objetivos es primordial el intercambio de experiencias y conocimientos.

El decreto se estructura en dos artículos, una disposición adicional y tres disposiciones finales. En este sentido, el artículo 1 procede a la creación de la Red de reservas de la biosfera de Galicia y los objetivos de la misma se recogen en el artículo 2.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de acuerdo con el Consejo Consultivo, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintiuno de septiembre de dos mil diecisiete,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto

1. Este decreto tiene por objeto crear la Red de reservas de la biosfera de Galicia, en la que se incluyen los espacios declarados reserva de la biosfera, por la Unesco, situados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. Los espacios situados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia que sean declarados reservas de la biosfera por la Unesco con posterioridad a la entrada en vigor de este decreto pasarán a integrarse en la Red de reservas de la biosfera de Galicia.

Artículo 2. Objetivos de la Red de reservas de la biosfera de Galicia

Los objetivos de la Red de reservas de la biosfera de Galicia, respeto de los espacios incluidos en ella, son:

a) Servir de instrumento para la creación de nuevos vínculos y el reforzamiento de los ya existentes.

b) Propiciar la colaboración para avanzar en la consecución de las funciones de conservación, desarrollo y apoyo logístico de las reservas de la biosfera.

c) Fomentar la cooperación, promoviendo la realización de proyectos comunes.

d) Constituir el canal adecuado para el intercambio de conocimientos y experiencias.

e) Colaborar con otras redes territoriales o temáticas del Programa sobre el hombre y la biosfera.

f) Reforzar la puesta en valor de los espacios declarados reservas de la biosfera en la Comunidad Autónoma de Galicia como elementos que contribuyen al desarrollo sostenible y a la mejora del bienestar de la población.

g) Promover el conocimiento y difusión de los valores en los espacios declarados reservas de la biosfera en la Comunidad Autónoma de Galicia

Disposición adicional única. Objetivo de igualdad

En el ejercicio y desarrollo de la aplicación de este decreto se tendrá en cuenta la perspectiva de género.

Disposición final primera. Órgano de gestión de la Red de reservas de la biosfera de Galicia

Por decreto del Consello de la Xunta de Galicia se creará un órgano colegiado de gestión de la Red de reservas de la biosfera de Galicia, adscrito a la consellería competente en materia de medio ambiente y cuya presidencia ostentará la persoa titular de dicha consellería.

Disposición final segunda. Habilitación normativa

Se autoriza a la persona titular de la consellería competente en materia de medio ambiente para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de este decreto en lo relativo a la organización y a las materias propias de su departamento.

Disposición final tercera. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor a los veinte días naturales desde su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

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