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Premio de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación a la Excelencia en el Jurista 2017

01/12/2017
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Se convoca el Premio de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación a la Excelencia en el Jurista 2017. El plazo de presentación de candidaturas finalizará el día 15 de diciembre de 2017.

BASES

PRIMERA.- El premio, que llevará añadido el año de su concesión, se denomina "Premio de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación a la excelencia en el jurista".

SEGUNDA.- El premio constará de un diploma y de la entrega de 15.000,00 euros brutos.

TERCERA.- El premio 10 concederá la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación a propuesta del Jurado, a un o una jurista español o extranjero que se haya distinguido notablemente en el enriquecimiento del Derecho y su aplicación, bien sea en el área de la investigación, de la docencia o del ejercicio de una profesión en la que sea exigible la condición de jurista o en la combinación de todas ellas.

El premio no podrá recaer en personas que en el momento de su concesión ocupen un cargo público de nombramiento discrecional ni en un Académico de Número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación o patrono de la Fundación.

CUARTA.- El Jurado estará compuesto por siete miembros cuatro nombrados por la Junta de Gobierno de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación y tres pertenecientes al Patronato de la Fundación. La presidencia recaerá en alguno de los que ostenten la condición de miembro de la Junta de Gobierno de la Real Academia. Asimismo, uno de los siete será nombrado Secretario.

QUINTA.- Para la concesión del premio se requerirá mayoría absoluta en favor del premiado o de la premiada. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. El plazo de presentación de candidaturas correrá hasta el día 15 de diciembre de 2017. El Premio se concederá orientativamente antes del día 30 de diciembre de 2017.

SEXTA.- Todas las entidades y personas jurídicas relacionadas con las actividades a las que se refiere el primer inciso de la regla tercera podrán presentar los candidatos o las candidatas que consideren merecedores del premio.

El Jurado analizara las propuestas recibidas y seleccionara una de ellas.

SEPTIMA.- Una vez tomado este último acuerdo en forma de propuesta, el Jurado trasladara su resultado al Presidente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, y la Junta de Gobierno de esta entidad concederá el premio, salvo que excepcionalmente y por razones objetivas no hiciera suya la propuesta. En tal caso, trasladará su decisión al Jurado para que formule nueva propuesta.

OCTAVA.- La entrega del premio se hará en acto solemne y publico de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación y en su domicilio social.

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