Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 11/10/2017
 
 

Becas de formación en el Área de Documentación

11/10/2017
Compartir: 

Resolución de 26 de septiembre de 2017, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convocan becas de formación en el Área de Documentación para el año 2018 (BOJA de 10 de octubre de 2017). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 26 DE SEPTIEMBRE DE 2017, DEL INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER, POR LA QUE SE CONVOCAN BECAS DE FORMACIÓN EN EL ÁREA DE DOCUMENTACIÓN PARA EL AÑO 2018

La Orden de la Consejería de la Presidencia e Igualdad de 16 de julio de 2013 (BOJA núm. 143, de 23 de julio) establecía el procedimiento y las bases reguladoras aplicables a la convocatoria de becas de formación en el Área de Documentación del Instituto Andaluz de la Mujer, estableciendo en el artículo 6.2 como titular de la competencia para efectuar la convocatoria a la Directora del Instituto Andaluz de la Mujer y, en la Disposición final primera, otorgándole la facultad para realizar cuantas actuaciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de la misma.

En uso de las facultades aludidas y de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, General de Subvenciones; su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio Vínculo a legislación ; el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía; el Decreto 282/2010, de 4 de mayo Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía y las normas especiales en materia de subvenciones contenidas en las leyes anuales de Presupuestos, resuelvo:

Convocar para el ejercicio 2018 la concesión de dos becas destinadas a la formación en las tareas propias del Centro de Documentación del Instituto Andaluz de la Mujer por el procedimiento de concurrencia competitiva, con base en lo establecido en la Orden de la Consejería de la Presidencia e Igualdad de 16 de julio de 2013 y conforme a las siguientes determinaciones:

1. El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles, contado a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2. Las becas tendrán una duración inicial de doce meses, a contar desde el día 1 de febrero de 2018, pudiendo prorrogarse, en su caso, por un periodo de doce meses más como máximo.

3. Las personas adjudicatarias de las becas de formación realizarán las actividades en la sede del Centro de Documentación del Instituto Andaluz de la Mujer.

4. Las becas concedidas se asignarán con cargo a la partida presupuestaria 1331010000 G/32G/48300/00 2018 para 2018 y 1331010000 G/32G/48300/00 2019 para 2019, siendo la cuantía bruta, incluyendo la cuota patronal a la Seguridad Social, de 30.871 euros, con un reparto anual de 28.298,42 euros para el año 2018 y 2.572,58 euros para el año 2019.

5. El abono de la beca se realizará proporcionalmente durante todo el período de disfrute de la misma por mensualidades vencidas, previa la justificación correspondiente por módulos mensuales. A las cantidades abonadas se les efectuará las retenciones fiscales y cotizaciones sociales establecidas en la normativa vigente.

6. La finalidad de la beca será la realización de actividades de formación y apoyo en el Área de Documentación del Instituto Andaluz de la Mujer.

7. Los requisitos y méritos que deberán cumplir las personas interesadas serán los recogidos en la Orden de 16 de julio de 2013 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación en el Área de Documentación del Instituto Andaluz de la Mujer.

8. Las solicitudes para participar en el proceso de selección para la adjudicación de becas convocadas en la presente Resolución se dirigirán a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer y se realizarán conforme al modelo de formulario que figura como Anexo I, que estará disponible en la página web del Instituto Andaluz de la Mujer, en la dirección www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer, así como en las sedes del Instituto Andaluz de la Mujer y de sus Centros de la Mujer Provinciales.

9. Las personas interesadas, en su caso, deberán utilizar el Anexo II para la aceptación o renuncia de la propuesta provisional de resolución, conforme al artículo 14 de las bases reguladoras, o para realizar alegaciones, así como para la presentación de la documentación pertinente.

10. Las solicitudes y demás documentos relacionados con esta convocatoria se presentarán en el Registro General del Instituto Andaluz de la Mujer, sito en la calle Doña María Coronel, número 6, de Sevilla, o de los Centros de la Mujer Provinciales del mismo, sin perjuicio de los dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 26 de noviembre, y el artículo 82 Vínculo a legislación de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

11. Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las personas interesadas se publicarán en la página web del Instituto Andaluz de la Mujer, en la dirección www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer, en los términos establecidos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 26 de noviembre, sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El nuevo modelo de Registro Civil impulsado por Justicia alcanza ya al 50% de la población
  2. Actualidad: La AN condena al excomisario de Barajas a 5 años de cárcel por dar un trato VIP en el aeropuerto a cambio de regalos
  3. Estudios y Comentarios: Confederal y federal; por Francisco Sosa Wagner, catedrático universitario
  4. Estudios y Comentarios: Una casa sin cimientos; por Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, Académica de Número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España
  5. Tribunal Supremo: En caso de tortura la acreditación de los hechos alegados debe valerse del criterio de la prueba más allá de toda duda razonable
  6. Actualidad: Félix Bolaños sitúa la digitalización en el centro de la modernización histórica de la Justicia
  7. Libros: BLANCO LÓPEZ, M.ª Ángeles: Música y Derecho. La educación musical como medio de integración social y su evolución histórica hacia la configuración de un nuevo Derecho, Iustel, 334 Páginas
  8. Actualidad: El Supremo hace responsable a la banca de restituir anticipos con letras de cambio en la compra de viviendas
  9. Tribunal Supremo: La cesión del coche de empresa no está sujeta al IVA, aunque la empresa se haya deducido parte del Impuesto soportado por la adquisición del vehículo mediante renting
  10. Tribunal Constitucional: El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad desestima el Recurso de Inconstitucionalidad del PP y confirma que el País Vasco y Navarra tienen competencia para gestionar el ingreso mínimo vital

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana