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  • EDICIÓN DE 03/10/2017
 
 

Anteproyecto de Ley del Tercer Sector

El Gobierno impulsa una ley del tercer sector para regular la acción social en Canarias

03/10/2017
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La consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias, Cristina Valido, a iniciativa del Comisionado para la Inserción Social y Lucha contra la Pobreza, Santiago Rodríguez, ha elevado este lunes a consideración del Consejo de Gobierno, el Anteproyecto de Ley del Tercer Sector de Acción Social de Canarias, a fin de establecer la oportunidad de la iniciativa, sus objetivos y los principios generales.

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 2 Oct. (EUROPA PRESS) -

En el Informe elevado a Consejo, se considera la necesidad de contar con una Ley que regule el Tercer Sector de Acción Social en su globalidad y que establezca las medidas para el impulso tanto de sus actividades como de la colaboración con las administraciones públicas.

De esta forma, se otorga una mayor estabilidad jurídica al Tercer Sector de Acción Social, reconociéndolo y mejorando la situación actual que regula solamente sus componentes por separado, así como fomentando los canales de colaboración entre dicho sector y las administraciones públicas.

La propuesta legislativa ha sido consensuada con los colectivos implicados a través de una serie de reuniones que ha mantenido el Comisionado para la Inserción Social y Lucha contra la Pobreza, Santiago Rodríguez, en las que ha podido conocer cuáles eran las principales dificultades a las que se enfrentaban y las necesidades a las que se debía dar cobertura.

Este texto tiene por objeto el establecimiento de un marco jurídico para el Tercer Sector de Acción Social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, completando la normativa que regula cada uno de los tipos de entidades que conforman el sector y, además, define los principios fundamentales que deben contemplar dichas entidades en Canarias.

Esta futura normativa pone en valor la necesidad de interlocución e interrelación de los poderes públicos con las organizaciones que representan a las distintas entidades integradas en el Tercer Sector de Acción Social, creando una Mesa de Trabajo en la que estarán representadas las Administraciones Públicas y las entidades más representativas del Sector, enuncia los cauces para la formalización de acuerdos dentro del diálogo civil entre las entidades del Tercer Sector de Acción Social y las Administraciones Públicas, y prevé la formalización de un plan de fomento e impulso de las entidades del Tercer Sector de Acción Social en Canarias.

Como objetivo general de la futura Ley se establece el impulso de la cohesión social y la creación de empleo, ya que afectará directamente tanto a las personas que consigan un empleo en las entidades reguladas como a los usuarios que se beneficiarán de los servicios que éstas presten.

La aprobación de una ley canaria del Tercer Sector de Acción Social se fundamenta, pues, en la necesidad del respaldo jurídico y el apoyo y la promoción de la labor que las entidades que lo componen realizan en Canarias, y en especial su contribución a la construcción y el fortalecimiento de un tejido social y una sociedad civil activa e implicada en la toma de decisiones políticas; la integración socio-laboral, la lucha contra la exclusión y la mitigación de la pobreza que cobran relevancia especialmente tras la larga travesía para salir de la crisis; la creación de canales de comunicación entre las entidades públicas y la sociedad civil y, en fin, la construcción de un modelo económico más equitativo e inclusivo, que permita la reducción de las desigualdades y una mayor justicia social en el reparto de la riqueza.

ORGANIZACIONES PRIVADAS

La futura Ley, estructurada en cuatro capítulos que comprenden 14 artículos, tres disposiciones adicionales y tres disposiciones finales, será de aplicación a las entidades y organizaciones del Tercer Sector de acción social que tengan su sede y desarrollen total o parcialmente sus actividades en el ámbito territorial de Canarias.

En ella se entiende por Entidades del Tercer Sector de acción social, las organizaciones de carácter privado, surgidas de la iniciativa ciudadana o social, bajo diferentes modalidades, que responden a criterios de solidaridad y de participación social, con fines de interés general y ausencia de ánimo de lucro, que impulsan el reconocimiento y el ejercicio de los derechos civiles, así como de los derechos económicos, sociales o culturales de las personas y grupos que sufren condiciones de vulnerabilidad o que se encuentran en riesgo de exclusión social.

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