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Danza y Fiesta de la Virgen de la Salud

03/10/2017
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Decreto 157/2017, de 26 de septiembre, para la declaración como Bien de Interés Cultural a favor de la “Danza y Fiesta de la Virgen de la Salud” en la localidad de Fregenal de la Sierra, con carácter de Bien Inmaterial (DOE de 2 de octubre de 2017). Texto completo.

DECRETO 157/2017, DE 26 DE SEPTIEMBRE, PARA LA DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL A FAVOR DE LA “DANZA Y FIESTA DE LA VIRGEN DE LA SALUD” EN LA LOCALIDAD DE FREGENAL DE LA SIERRA, CON CARÁCTER DE BIEN INMATERIAL.

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado mediante Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, y modificado mediante Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero Vínculo a legislación, la cual se publicó y entró en vigor con fecha 29 de enero, recoge como competencia exclusiva en su artículo 9.1.47 la “Cultura en cualquiera de sus manifestaciones”, así como el “Patrimonio Histórico y Cultural de interés para la Comunidad Autónoma”.

En desarrollo de esta competencia y con el fin de proteger nuestro Patrimonio Cultural, se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo Vínculo a legislación, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. El artículo 1.2 de dicha norma indica que “constituyen el Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura todos los bienes tanto materiales como intangibles que, por poseer un interés artístico, histórico, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, etnológico, científico, técnico, documental y bibliográfico, sean merecedores de una protección y una defensa especiales.

También forman parte del mismo los yacimientos y zonas arqueológicas, los sitios naturales, jardines y parques que tengan valor artístico, histórico o antropológico, los conjuntos urbanos y elementos de la arquitectura industrial así como la rural o popular y las formas de vida y su lenguaje que sean de interés para Extremadura”.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.1 de la propia ley, los bienes más relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural extremeño deberán ser declarados de Interés Cultural en la forma que el propio artículo detalla.

Por su parte, el artículo 6.3 de la ley incluye entre los bienes que pueden ser declarados de interés cultural “las artes y tradiciones populares, los usos y costumbres de transmisión consuetudinaria en canciones, música, tradición oral, las peculiaridades lingüísticas y las manifestaciones de espontaneidad social extremeña”.

También, la Ley 10/2015, de 26 de mayo Vínculo a legislación, para la salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial, en su artículo 2, indica que “tendrán la consideración de bienes del patrimonio cultural inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas de las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos, reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural, y en particular”, entre otros, las “h) formas de socialización colectiva y organizaciones”. Además, el artículo 4.2 de esta norma prevé que “los bienes muebles y espacios vinculados al desenvolvimiento de las manifestaciones culturales inmateriales podrán ser objeto de medidas de protección conforme a la legislación urbanística y de ordenación del territorio por parte de las Administraciones competentes”.

Con fecha 30 de octubre de 2014, desde el Excmo. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra se solicita la incoación de expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, de carácter inmaterial, a favor de la “Danza y Fiesta de la Virgen de la Salud” de Fregenal de la Sierra (Badajoz). Con posterioridad, con fecha 2 de diciembre de 2014, desde el Ayuntamiento se remite un informe en el que se describe la Danza y Fiesta de la Virgen de la Salud, de noviembre de 2014, que complementa la solicitud de 30 de octubre de 2014.

El informe favorable emitido por la Sección Técnica de la Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural de fecha 2 de diciembre de 2015, propone, tras analizar detalladamente la propuesta, que se acepte pues la “Danza y Fiesta de la Virgen de la Salud” merece ser reconocida. La fiesta, su danza, la hermandad, los preparativos, el tamborilero, la Iglesia de Santa Catalina, la imagen de la Virgen, la subasta, la procesión, el rosario, la solidaridad entre los hermanos... constituyen un rico patrimonio que legitima la petición no tanto por la originalidad/singularidad de este ritual festivo cuanto por estar indisolublemente unido a Fregenal de la Sierra, a su historia y a su cultura y cuya continuidad se explica con los esfuerzos sostenidos individual y colectivamente por unos actores sociales que, en última instancia, son y han sido protagonistas y responsables de que la Fiesta y la Danza de la Salud hayan llegado a nuestros días hasta conformarse como parte fundamental del patrimonio frexnense.

Su incoación se publicó en el DOE n.º 160, de 19 de agosto de 2016 y en el BOE n.º 246, de 11 de octubre de 2016. Se comunicó al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para que se procediera a su inscripción provisional en el Registro de Bienes de Interés Cultural, dónde se procedió a su anotación preventiva con el código 29717.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 7.4 Vínculo a legislación de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, se han practicado las notificaciones a los interesados, no presentándose ninguna alegación.

También se han cumplimentado todos los trámites previstos en los artículos 7 Vínculo a legislación y siguientes de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, y se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se refiere el artículo 4.1. de la misma, siendo ambos favorables. De la misma forma, se solicitó el informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Badajoz, que se ha declarado no competente para la emisión del mismo.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1.47 del reformado Estatuto de Autonomía de Extremadura y con el artículo 9.1 Vínculo a legislación de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a propuesta del Excmo. Sr. Presidente de la Junta de Extremadura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en sesión celebrada el día 26 de septiembre de 2017, DISPONGO:

Artículo 1.

Declarar como Bien de Interés Cultural la “Danza y Fiesta de la Virgen de la Salud” en Fregenal de la Sierra (Badajoz), con categoría de Bien Inmaterial, todo ello mediante la aprobación del presente decreto.

Artículo 2. Publicaciones.

Publicar en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial del Estado el presente decreto, y notificar el mismo al Excmo. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra (Badajoz) y al resto de posibles interesados.

Artículo 3. Inscripción en los Registros.

Comunicar esta declaración al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, para su inscripción definitiva en el Registro de Bienes de Interés Cultural del Estado.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Anexo

Omitido.

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