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  • EDICIÓN DE 27/09/2017
 
 

Cuestión de inconstitucionalidad número 3649-2017

27/09/2017
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Cuestión de inconstitucionalidad número 3649-2017, en relación con los párrafos 2.º y 3.º del artículo 17.2 de la Ley de Cantabria 1/2001, de 16 de marzo, de Colegios Profesionales de Cantabria, en la redacción dada por la Ley 5/2011, de 29 de diciembre, por posible vulneración del artículo 149.1.18.ª en relación a los artículos 36 y 149.1.1.ª de la CE (BOE de 27 de septiembre de 2017). Texto completo.

CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD NÚMERO 3649-2017, EN RELACIÓN CON LOS PÁRRAFOS 2.º Y 3.º DEL ARTÍCULO 17.2 DE LA LEY DE CANTABRIA 1/2001, DE 16 DE MARZO, DE COLEGIOS PROFESIONALES DE CANTABRIA, EN LA REDACCIÓN DADA POR LA LEY 5/2011, DE 29 DE DICIEMBRE, POR POSIBLE VULNERACIÓN DEL ARTÍCULO 149.1.18.ª EN RELACIÓN A LOS ARTÍCULOS 36 Y 149.1.1.ª DE LA CE.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 19 de septiembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 3649-2017, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Santander, en el procedimiento abreviado núm. 226-2016, en relación con los párrafos 2.º y 3.º del art. 17.2 Vínculo a legislación de la Ley de Cantabria 1/2001, de 16 de marzo, de Colegios Profesionales de Cantabria, en la redacción dada por la Ley 5/2011, de 29 de diciembre Vínculo a legislación, por posible vulneración del art. 149.1.18.ª en relación a los arts. 36 Vínculo a legislación y 149.1.1.ª Vínculo a legislación de la CE., y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 Vínculo a legislación c) LOTC, deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 Vínculo a legislación LOTC, quienes sean parte en el procedimiento abreviado núm. 226-2016, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

Madrid, 19 de septiembre de 2017.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

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