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Bases para el cálculo de las subvenciones máximas que podrán percibir las Agrupaciones de Defensa Sanitaria

25/09/2017
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Resolución de 13 de septiembre de 2017, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se modifica la Resolución de 15 de diciembre de 2016, por la que se fijan las bases para el cálculo de las subvenciones máximas que podrán percibir las Agrupaciones de Defensa Sanitaria en el ámbito ganadero (ADSG), para las actuaciones referentes al año 2016 (BOJA de 22 de septiembre de 2017) Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 13 DE SEPTIEMBRE DE 2017, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 15 DE DICIEMBRE DE 2016, POR LA QUE SE FIJAN LAS BASES PARA EL CÁLCULO DE LAS SUBVENCIONES MÁXIMAS QUE PODRÁN PERCIBIR LAS AGRUPACIONES DE DEFENSA SANITARIA EN EL ÁMBITO GANADERO (ADSG), PARA LAS ACTUACIONES REFERENTES AL AÑO 2016.

La Resolución de 15 de diciembre de 2016, por la que se fijan las bases para el cálculo de las subvenciones máximas que podrán percibir las Agrupaciones de Defensa Sanitaria en el ámbito ganadero (ADSG), para las actuaciones referentes al año 2016 (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre de 2016), determina las cuantías máximas a percibir por las ADSG para la ejecución de los programas sanitarios en el año 2016.

La evolución de los indicadores sanitarios enmarcados en los Programas Nacionales de Erradicación de Enfermedades de los Animales en bovinos y pequeños rumiantes permite la fijación de nuevos objetivos más exigentes, a fin de elevar el estatus sanitario de la cabaña ganadera andaluza. Por tanto, se han intensificado las actuaciones sanitarias, aumentando asimismo el grado de cobertura de los rebaños sometidos a programas. Ello ha supuesto para las ADSG un esfuerzo adicional, concentrado en explotaciones de pequeña capacidad y dispersas en el territorio, que ha requerido un mayor coste al inicialmente previsto por la labor profesional de los veterinarios adscritos a las mismas. Es por lo que esta Dirección General considera necesario revisar la mencionada Resolución de 15 de diciembre de 2016, para incrementar las cuantías máximas a percibir.

En su virtud, y en ejercicio de las competencias conferidas,

RESUELVO

Primero. Modificar de la Resolución de 15 de diciembre de 2016, por la que se fijan las bases para el cálculo de las subvenciones máximas que podrán percibir las Agrupaciones de Defensa Sanitaria en el ámbito ganadero (ADSG), para las actuaciones referentes al año 2016.

Se modifica el apartado primero, número 1, letra a, que pasa a tener la siguiente redacción:

“a) Las ADSG de rumiantes podrán percibir ayudas hasta un importe máximo de:

1.º Programa de Erradicación de Brucelosis Bovina.

- 1,8 euros por muestra tomada en el año 2016 en animales bovinos, ajustadas al cumplimiento de las pruebas oficiales de erradicación de la enfermedad, de acuerdo al Programa Nacional de Erradicación de la Brucelosis Bovina.

2.º Programa de Erradicación de Tuberculosis Bovina.

- 2,63 euros por prueba de la tuberculina realizada en el año 2016, ajustadas al cumplimiento de la pruebas oficiales de erradicación de la enfermedad, de acuerdo al Programa Nacional de Erradicación de la Tuberculosis Bovina (incluidas las realizadas en explotaciones caprinas que entren en el ámbito de aplicación del Programa Nacional de Erradicación de Tuberculosis Bovina).

3.º Programa de Erradicación de Brucelosis Ovina y Caprina.

- 1,28 euros por muestra tomada en el año 2016 en animales ovinos o caprinos, ajustadas al cumplimiento de la pruebas oficiales de erradicación de la enfermedad, de acuerdo al Programa Nacional de Erradicación de la Brucelosis Ovina/Caprina.”

Segundo. La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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