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Procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020

17/08/2017
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Decreto 49/2017, de 9 de agosto, por el que se modifica el Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020 (DOCM de 16 de agosto de 2017). Texto completo.

DECRETO 49/2017, DE 9 DE AGOSTO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 31/2017, DE 25 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE GOBERNANZA DE LA INVERSIÓN TERRITORIAL INTEGRADA (ITI) DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EL PERÍODO DE PROGRAMACIÓN 2014-2020.

El Decreto 31/2017, de 25 de abril (DOCM n.º 85, de 3 de mayo), estableció el procedimiento de gobernanza de la ITI de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020 y definió en el Anexo al mismo la distribución municipal de las zonas ITI, de conformidad con el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de abril Vínculo a legislación de 2016, por el que se establecieron las áreas geográficas con necesidades específicas de desarrollo, en el sentido que se indica:

- En la provincia de Toledo: Comarca de Talavera y Comarca de la Campana de Oropesa.

- En la provincia de Ciudad Real: Comarca de Almadén y Comarca de Campo de Montiel.

- En la provincia de Albacete: Comarca de Sierra de Alcaraz y Campo de Montiel y Sierra del Segura.

- La provincia de Cuenca, con actuación preferente en núcleos de población de menos de 2.000 habitantes.

- La provincia de Guadalajara, salvo el área de influencia del Corredor del Henares.

La referida zonificación y posterior municipalización tuvo como base el estudio realizado por la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, relativo a las comarcas en riesgo despoblamiento, que consideró como pará- metros evaluables el elevado índice de ruralidad, las altas tasas de desempleo y declive socioeconómico, sumado a la ubicación en las zonas periféricas de la región y que coinciden en su mayoría desde el punto de vista geográfico con las zonas más abruptas, montañosas y de difícil acceso.

Estos condicionantes singularizaban estas zonas y urgían de una intervención para frenar el despoblamiento, propiciar el relevo generacional, dar continuidad a los pueblos, modificar el modelo socio-económico y ofrecer alternativas a la población para compensar los fuertes desequilibrios territoriales y sociales existentes.

La definición material del ámbito geográfico de intervención, plasmada en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril, requiere de una revisión a efectos de incorporar municipios de las provincias de Guadalajara y de la provincia de Toledo, por concurrir en los mismos los necesarios requisitos para su inclusión en la relación municipalizada, todo ello de acuerdo con los parámetros definidos en el estudio de comarcas en riesgo de despoblamiento, realizado por la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, y en los que el descenso de población, la densidad media poblacional, el tamaño de mismos, su carácter rural y situación socioeconómica, han sido considerados como justificación para su incorporación.

Asimismo, se procede a la modificación de la composición de los Subcomités Territoriales de Participación de la ITI, a efectos de propiciar la incorporación de dos representantes del Tercer Sector de Acción Social de Castilla-La Mancha, con el objeto de mejorar la representación de la sociedad civil en los referidos Subcomités, integrando a entidades que promuevan la inclusión social, la igualdad de oportunidades, el desarrollo humano sostenible y la no discriminación.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Vicepresidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 9 de agosto de 2017, Dispongo Artículo Único. Modificación del Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020.

El Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020, se modifica en los siguientes términos:

Uno. Modificación del apartado 2 del artículo 3, quedando redactado en los siguientes términos:

1. Se modifica la letra g), quedando redactada del siguiente modo:

g) Dos personas en representación de las asociaciones y entidades del Tercer Sector de Acción Social en Castilla-La Mancha, designadas por la Mesa del Tercer Sector de Castilla-La Mancha.

2. Se añade una nueva letra h), quedando redactada del siguiente modo:

h) Una persona funcionaria nombrada por la Presidencia, que desempeñara las funciones de Secretaria, con voz y sin voto. En caso de vacante, ausencia y enfermedad de la persona titular, la Presidencia designará una persona suplente.

Dos. Modificación del Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril.

Se modifica el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril, relativo a la Distribución Municipal de las zonas de Inversión Territorial Integrada (ITI) Castila-La Mancha 2014-2020, a efectos de incorporar a la zona ITI de Guadalajara los municipios de Almoguera, Brihuega, Loranca de Tajuña, Mondéjar y Uceda. Asimismo se incorporan a la zona ITI de Toledo los municipios de Santa Ana de Pusa, San Bartolomé de las Abiertas, San Martín de Pusa y Villarejo de Montalbán, de acuerdo con el Anexo consolidado de esta disposición.

Disposición final primera. Habilitación Normativa.

Se autoriza a la persona titular de la Vicepresidencia de la Junta de Comunidades a dictar las disposiciones necesarias en ejecución y desarrollo de lo establecido en el presente Decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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