RESOLUCIÓN DE 21 DE JULIO DE 2017, DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE ALBACETE, POR LA QUE SE DESARROLLA EL RÉGIMEN DE SUSTITUCIONES ESTABLECIDO EN EL DECRETO 182/2010
El Decreto 182/2010, de 6 de julio , por el que se regula la gestión recaudatoria de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha, establece en su artículo 19 el régimen de sustituciones en los casos de vacante, ausencia y enfermedad de las personas titulares de los Servicios de Tesorería y Recaudación en las personas que ocupan las jefaturas de sección integradas en los citados servicios y, en defecto de éstos, por quien determine la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de tributos en el ámbito de los Servicios Centrales o la Coordinadora o el Coordinador Provincial de Hacienda en el ámbito de las Delegaciones Provinciales.
En el devenir de la actividad administrativa se han planteado supuestos en los que el régimen establecido en la norma anteriormente citada se ha demostrado insuficiente para resolver la casuística que se produce, siendo necesario garantizar la continuidad de las actuaciones y funciones encomendadas a la Jefatura del Servicio de Tesorería y Recaudación.
Por ello, se hace preciso ejercitar la habilitación de desarrollo que prevé en el Decreto arriba señalado.
Con la nueva estructura de las Direcciones Provinciales de las Consejerías, establecida en el Decreto 167/2015 de 21/07/2015, y la estructura de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, determinada en el Decreto 82/2015
, de 14/07//2015, las funciones que ejercitaban los Coordinadores Provinciales de Hacienda han sido atribuidas a los Directores Provinciales de esta Consejería.
En consecuencia, en uso de la competencia antes citada, esta Dirección Provincial resuelve En caso de que no sea posible sustituir a la persona titular del Servicio de Tesorería y Recaudación por las personas designadas en el artículo 19 del Decreto 182/2010, la sustitución se realizará por el siguiente orden de preferencia: la persona titular del Servicio de Atención al Contribuyente, la persona titular del Servicio de Gestión Tributaria y la persona titular del Servicio de Inspección.
Esta resolución será de aplicación a partir del momento de su firma sin perjuicio de su inserción en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.