Diario del Derecho. Edición de 18/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 27/07/2017
 
 

Modificación de la normativa para proponer programas de doctorado

27/07/2017
Compartir: 

Resolución de 27 de junio de 2017, de la Vicerrectora de Estudios de Grado y Posgrado de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se modifica la normativa para proponer programas de doctorado (BOPV de 26 de julio de 2017). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 27 DE JUNIO DE 2017, DE LA VICERRECTORA DE ESTUDIOS DE GRADO Y POSGRADO DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA, POR LA QUE SE MODIFICA LA NORMATIVA PARA PROPONER PROGRAMAS DE DOCTORADO

El Vicerrectorado de Estudios de Grado y Posgrado, en el ejercicio de sus competencias, debe establecer normas y procedimientos para tramitar las tareas correspondientes al área de gestión de estudios de postgrado.

La Comisión de Postgrado tiene atribuidas, entre otras, las competencias para proponer al Consejo de Gobierno la aprobación de los objetivos de las enseñanzas de postgrado, en el marco de la planificación estratégica general, así como sus normativas de ordenación y gestión académica, de acuerdo con lo establecido en su reglamento, aprobado por el Consejo de Gobierno el 27 de septiembre de 2012 (BOPV de 29-10-2012).

Con fecha 15 de febrero de 2012, se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco la Resolución de 18 de enero de 2012, de la Vicerrectora de Ordenación Académica de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se procedió a la publicación de la Normativa para proponer Programas de Doctorado, que sirve de marco de actuación al Rector o a la Rectora, a los departamentos y a la Escuela de Máster y Doctorado, como órganos proponentes para presentar nuevas propuestas de programas de doctorado o modificaciones de los ya existentes.

En su disposición final segunda esta normativa regula que “La Subcomisión de Doctorado aprobará, a propuesta del Vicerrector o Vicerrectora en materia de enseñanzas de postgrado, los procedimientos que garanticen la calidad de los Programas de Doctorado, tanto en su elaboración, como en el proceso de evaluación, seguimiento y acreditación. Asimismo, establecerá cuantas disposiciones de carácter administrativo-académico estime necesarias.”

Desde el 13 de septiembre de 2013, fecha en la que se constituye la Comisión de Postgrado, dicha Comisión asume las competencias para informar sobre las propuestas de creación o modificación de las titulaciones de postgrado, de acuerdo con lo establecido en su reglamento aprobado por el Consejo de Gobierno el 27 de septiembre de 2012 (BOPV de 29-10-2012).

En el apartado 1 del artículo octavo de la Normativa para proponer Programas de Doctorado se dispone lo siguiente:

“La coordinación de los Progamas de Doctorado.

La coordinación del Programa de Doctorado se realizará por un profesor o profesora investigador o investigadora de la UPV/EHU, con dedicación a tiempo completo. Su nombramiento corresponderá al Rector o Rectora. Los requisitos para poder ocupar este cargo serán haber dirigido al menos dos tesis doctorales y estar en posesión de, al menos, dos períodos de actividad investigadora (sexenios) reconocidos de acuerdo con las previsiones del RD 1086/1989. Si al profesor o profesora no le resultara de aplicación el último requisito citado, deberá acreditar méritos equiparables a los señalados, reconocidos por la Agencia de Evaluación y Acreditación.”

Desde que se publicara la Normativa para proponer Programas de Doctorado vigente se han detectado casos de propuestas de programas de doctorado de interés estratégico para la universidad que no han podido ser aprobadas en las condiciones iniciales, por atribuir la coordinación del programa a profesorado que, por su condición, no tiene la dedicación a tiempo completo, si bien se trata de investigadores relevantes que cumplen el resto de requisitos. A la vista de estos casos, resulta conveniente prever la posibilidad de que en casos excepcionales en los que se cuente con el acuerdo favorable de la Comisión de Postgrado, la persona coordinadora de un programa de doctorado pueda tener dedicación a tiempo parcial.

La modificación de la Normativa para proponer Programas de Doctorado ha sido informada favorablemente por la Comisión de Postgrado, en sesión de fecha 25 de mayo de 2017. Posteriormente, el Consejo de Gobierno de la Universidad, con fecha 15 de junio de 2017, ha aprobado la citada modificación.

Por todo ello, teniendo en cuenta las competencias atribuidas por Resolución de 25 de enero Vínculo a legislación de 2017, de la Rectora de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, sobre estructura y determinación de las áreas de funcionamiento de su equipo de gobierno y de delegación de competencias, previo informe favorable de la Comisión de Postgrado y el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad,

RESUELVO:

Primero.- Modificar la Normativa para proponer Programas de Doctorado, en los siguientes términos:

“Artículo 8.- Apartado 1.- La coordinación de los Programas de Doctorado.

La coordinación del Programa de Doctorado se realizará por un profesor o profesora investigador o investigadora de la UPV/EHU, con dedicación a tiempo completo. En casos excepcionales la Comisión de Postgrado podrá autorizar que la coordinación del programa recaiga en profesorado doctor o doctora que tenga dedicación parcial. Su nombramiento corresponderá al Rector o Rectora. Los requisitos para poder ocupar este cargo serán haber dirigido al menos dos tesis doctorales y estar en posesión de, al menos, dos períodos de actividad investigadora (sexenios) reconocidos de acuerdo con las previsiones del RD 1086/1989. Si al profesor o profesora no le resultara de aplicación el último requisito citado, deberá acreditar méritos equiparables a los señalados, reconocidos por la Agencia de Evaluación y Acreditación.”

Segundo.- Proceder a la publicación de la citada modificación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.- La modificación del Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana