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Autorización para la creación de la Sociedad Pública USA Basque Trade and Investment

27/07/2017
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Decreto 196/2017, de 18 de julio, por el que se autoriza la creación de la Sociedad Pública USA Basque Trade and Investment, y la participación en la misma de la Sociedad para la Transformación Competitiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A (BOPV de 26 de julio de 2017). Texto completo.

DECRETO 196/2017, DE 18 DE JULIO, POR EL QUE SE AUTORIZA LA CREACIÓN DE LA SOCIEDAD PÚBLICA USA BASQUE TRADE AND INVESTMENT, Y LA PARTICIPACIÓN EN LA MISMA DE LA SOCIEDAD PARA LA TRANSFORMACIÓN COMPETITIVA-ERALDAKETA LEHIAKORRERAKO SOZIETATEA, S.A.

El artículo 19 Vínculo a legislación del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco establece que son sociedades públicas las sociedades mercantiles en cuyo capital sea mayoritaria la participación de las entidades que integran el sector público de la Comunidad Autónoma, ya se rijan éstas por el derecho público o por el derecho privado. Para la determinación de dicha participación mayoritaria se tendrán en cuenta todas las participaciones de las entidades referidas.

El artículo 20.1 Vínculo a legislación del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre establece que constituyen supuestos de creación de una sociedad pública la creación de una sociedad mercantil con la cualidad de sociedad pública. En su apartado 3 establece que la creación y extinción de sociedades públicas, así como la adquisición o pérdida de la condición de partícipe mayoritario en las mismas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi o de sus entes institucionales, precisarán de decreto del Gobierno.

El artículo 21 Vínculo a legislación del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, establece que las sociedades públicas habrán de ser constituidas de conformidad con la legislación mercantil, preferentemente como sociedades anónimas de fundación simultánea a su creación, siéndoles de aplicación el régimen jurídico vigente en cada momento respecto a cada tipo de sociedad.

Habiendo adoptado el Consejo de Administración de la Sociedad para la Transformación Competitiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A., con fecha 16 de diciembre de 2015, el acuerdo de aprobar la constitución de nuevas sociedades mercantiles dependientes de la Sociedad para la Transformación Competitiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A. en Estados Unidos y Singapur, facultando a la Dirección General a la realización de todos los trámites precisos, así como la suscripción de cualquier tipo de documento público o privado para el citado objetivo, y requiriendo, de conformidad a lo expuesto en los párrafos anteriores, de autorización del Consejo de Gobierno.

La Sociedad tendrá por objeto social realizar cualquier acto o actividad legal para la que se pueda crear una empresa según la Ley Mercantil, siempre que no se forme para realizar actos o actividades que requieran el consentimiento o aprobación de ningún funcionario, departamento, junta, agencia o entidad estatales sin haber obtenido dicho consentimiento o aprobación por adelantado.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras y del Consejero de Hacienda y Economía, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 18 de julio de 2017,

DISPONGO:

Artículo primero.- Se autoriza la creación de una Sociedad Pública, que tendrá la denominación de “USA Basque Trade and Investment” y cuyo único socio será la Sociedad para la Transformación Competititiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A.

Artículo segundo.- La Sociedad Pública USA Basque Trade and Investment tendrá por objeto social el siguiente: “Esta empresa se forma para realizar cualquier acto o actividad legal para la que se pueda crear una empresa según la Ley Mercantil, siempre que no se forme para realizar actos o actividades que requieran el consentimiento o aprobación de ningún funcionario, departamento, junta, agencia o entidad estatales sin haber obtenido dicho consentimiento o aprobación por adelantado”.

Artículo tercero.- El domicilio social de la Sociedad Pública USA Basque Trade and Investment se establecerá en Washington, D.C. (USA).

Artículo cuarto.- El capital social de la Sociedad Pública USA Basque Trade and Investment será de siete mil dólares estadounidenses (7.000,00 USD), sin poder superar al cambio los siete mil (7.000,00) euros, y estará suscrito íntegramente, al 100% por la Sociedad para la Transformación Competititiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A.

Artículo quinto.- Régimen aplicable: además de por sus estatutos sociales, la Sociedad Pública USA Basque Trade and Investment se regirá por las disposiciones aplicables a las Sociedades Públicas y lo dispuesto en la legislación de aplicación sobre sociedades mercantiles en Washinton, D.C.

Artículo sexto.- Se autoriza a la Sociedad para la Transformación Competititiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A.para que a través de su representante legal o la persona o personas designadas al efecto, suscriba cuantos documentos públicos o privados sean pertinentes a los efectos de constituir la Sociedad Pública USA Basque Trade and Investment estableciendo sus Estatutos sociales, formalizando la designación de sus órganos de Administración, confiriendo los poderes precisos, fijando la aportación al capital social, suscribiendo acciones y todos aquellos demás acuerdos que resulten adecuados para la ejecución de los dispuesto en el presente Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos el día de su aprobación.

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