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Ampliación del plazo máximo de resolución y publicación del procedimiento de concesión de subvenciones

24/07/2017
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Resolución de 18 de julio de 2017, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se amplía el plazo máximo de resolución y publicación del procedimiento de concesión de subvenciones para favorecer la distribución y promoción de películas cinematográficas de largometraje en salas de exhibición cinematográficas de Andalucía, convocadas mediante Resolución de 10 de marzo de 2017 (BOJA núm. 52, de 17 de marzo) (BOJA de 21 de julio de 2017). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 18 DE JULIO DE 2017, DE LA DIRECCIÓN DE LA AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO MÁXIMO DE RESOLUCIÓN Y PUBLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA FAVORECER LA DISTRIBUCIÓN Y PROMOCIÓN DE PELÍCULAS CINEMATOGRÁFICAS DE LARGOMETRAJE EN SALAS DE EXHIBICIÓN CINEMATOGRÁFICAS DE ANDALUCÍA, CONVOCADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN DE 10 DE MARZO DE 2017 (BOJA NÚM. 52, DE 17 DE MARZO)

Mediante Orden de 7 de febrero de 2017, se aprobaron las bases reguladoras para favorecer la distribución y promoción de películas cinematográficas de largometraje en salas de exhibición cinematográfica de Andalucía (BOJA núm. 37, de 23 de febrero). De acuerdo con lo establecido en el apartado 16 del cuadro resumen de las bases reguladoras, el plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento es de 3 meses, que se contará desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con lo dispuesto en el art. 120.4 Vínculo a legislación del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

El día 17 de marzo de 2017 se publicó el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Resolución de 10 de marzo de 2017, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan, para el ejercicio 2017, las subvenciones para favorecer la distribución y promoción de películas cinematográficas de largometraje en salas de exhibición cinematográfica de Andalucía. El apartado Segundo de la citada Resolución establece que el plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la citada resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. De conformidad con lo anterior, el último día de presentación de solicitudes fue el 18 de abril de 2017, por lo que el cómputo del plazo máximo para resolver y publicar la resolución de concesión se inició el día 19 de abril. Este plazo máximo ha sido suspendido mediante Acuerdo por el que se da publicidad al requerimiento de subsanación de solicitudes de fecha 16 de mayo de 2017.

El día 17 de julio de 2017 la Gerencia de la Agencia ha elevado Propuesta de Resolución de ampliación del plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones para la para favorecer la distribución y promoción de películas cinematográficas de largometraje en salas de exhibición cinematográfica de Andalucía. Dicha Propuesta se fundamenta no tanto, en el número de solicitudes presentadas, como en la fase de evaluación previa de las mismas, y en particular, en que el análisis de las memorias presentadas haya resultado una labor altamente compleja dada la novedad de la base reguladora, y también en el número de procedimientos de concesión de subvenciones actualmente abiertos en la Agencia Andaluza de Instituciones culturales. En este sentido, la Gerencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales ha dedicado todos los medios materiales y personales disponibles. No obstante lo anterior, considera necesario, ante el posible incumplimiento del plazo máximo para resolver y publicar la resolución de concesión, ampliar el plazo citado con arreglo a lo establecido en el artículo 23.1 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece lo siguiente:

“Excepcionalmente, cuando se hayan agotado los medios personales y materiales disponibles a los que se refiere el apartado 5 del artículo 21, el órgano competente para resolver, a propuesta, en su caso, del órgano instructor, o el superior jerárquico del órgano competente para resolver, podrá acordar de forma motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, no pudiendo éste ser superior al establecido para la tramitación del procedimiento.”

De conformidad con el apartado 13 del cuadro resumen de las bases reguladoras aprobadas por la Orden de 7 de febrero de 2017, el órgano competente para resolver el procedimiento de concesión de subvenciones para la para favorecer la distribución y promoción de películas cinematográficas de largometraje en salas de exhibición cinematográfica de Andalucía es la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

Habida cuenta de lo anterior, vista la Propuesta de la Gerencia y en uso de las competencias atribuidas,

RESUELVO

Primero. Ampliar, en tres meses adicionales, el plazo máximo para resolver y publicar la resolución del concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para favorecer la distribución y promoción de películas cinematográficas de largometraje en salas de exhibición cinematográfica de Andalucía.

Segundo. Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente acuerdo no cabe recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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