BARCELONA, 30 Jun. (EUROPA PRESS) -
En la sentencia, consultada por Europa Press, el juez encargado de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC argumenta que el plazo sugerido por la empresa de obtener una moratoria hasta el 30 de junio de 2019 "no se estima ajustado" y fija el límite un año antes.
Sin embargo, añade que, en caso de necesitar una "última prórroga" hasta junio de 2019, la compañía deberá solicitarla al menos tres meses antes del 30 de junio de 2018, y entonces el tribunal decidiría.