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El Supremo establece que el ejercicio derecho rectificación puede incluir juicios de valor

19/06/2017
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Rechaza un recurso presentado por una asociación de guardias civiles por tener que rectificar sus críticas a un sargento

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, reunida en Pleno, ha establecido que el ejercicio del derecho de rectificación puede incluir juicios de valor. En este caso, el alto tribunal rechaza un recurso presentado por la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) contra la sentencia que les obligó a rectificar sus críticas a un sargento, que incluían describir su historial de servicios como "intachable".

Según la doctrina establecida por el Supremo en la sentencia, dada a conocer este viernes, el párrafo cuestionado por la asociación por incluir juicios de valor del sargento demandante no debe ser excluida "pues su relevancia en el conjunto del escrito de rectificación era escasa, su relación con los hechos era directa y su prudencia y mesura eran manifiestas en comparación con los términos del escrito difundido por la asociación demandada".

En este caso, la AUGC publicó en diciembre de 2014 en su 'web' un texto en el que denunciaba las graves tensiones existentes en los acuartelamientos de Arcos de la Frontera, provocados a su juicio por el comportamiento de Pedro G.M., sargento destinado a dicha zona.

En el comunicado, la asociación le calificaba de "incompetente" y de tratar de cubrir sus fallos "a base de palos, golpeando moral y económicamente, reprimiendo y machacando a los trabajadores subordinados". Le acusaba también de ir "más allá de sembrar el terror entre sus trabajadores" señalando que también "se despacha con las familias de los guardias civiles que viven en la casa cuartel, limitándolos en sus derechos, coartando sus libertades ciudadanas".

El comunicado fue publicado en dos diarios digitales y el sargento exigió una rectificación, a lo que la AUGC se opuso. El sargento acudió finalmente a los tribunales y finalmente la Audiencia Provincial de Cádiz les condenó a publicar un texto de rectificación en el que se añadía que el sargento ofendido contaba con "un historial de servicios intachable hecho, este sí, objetivo y demostrable documentalmente".

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