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TS

El Supremo da la razón a Codere y estima que la actividad de PokerStars era ilegal

26/05/2017
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El Tribunal Supremo (TS) ha estimado parcialmente la demanda presentada por varias sociedades de Grupo Codere contra sociedades de Grupo PokerStars por competencia desleal, al señalar que el juego online, y en concreto el juego de póker ofrecido en el sitio web de las demandadas, "no era una actividad legal en España".

MADRID, 25 May. (EUROPA PRESS) -

En diciembre de 2011, Codere denunció que la actividad de PokerStars vulneraba la Ley del Juego al no estar autorizada y desarrollarse sin garantías y perjudicando a los operadores que actuaban en el mercado español.

Aunque recibió el respaldo de un juzgado Mercantil de Madrid, en enero de 2012 un tribunal Mercantil de Barcelona resolvió a favor de PokerStars, ya que señaló que el portal había solicitado la autorización del Gobierno para operar, y no podía ser responsable por no haber tenido la oportunidad para obtenerla.

Ahora, el Tribunal Supremo ha declarado que la actividad que se desarrollaba mediante el sitio web www.pokerstars.com, en castellano y destinada al público español, "carecía de la autorización exigible para la actividad de juegos de azar en España y no era un servicio comercializado legalmente en España".

Además, ha apuntado que la actuación de las demandadas "no solo fue aislada, sino que estaba generalizada y plenamente tolerada por las autoridades administrativas competentes en materia de juegos de azar".

Sin embargo, el TS no ha concedido a Codere la indemnización por daños y prejuicios que solicitó, ya que estima que podía haberse sumado a la actividad ilegal tolerada, que entonces era "ampliamente tolerada por la Administración".

Según ha explicado Codere, la sentencia obliga a buscar nuevas perspectivas a los consumidores y empresas del sector para reclamar por los perjuicios sufridos por esta situación ante la tolerancia por la Administración de una actividad que el Tribunal Supremo declara ilícita.

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